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ME QUIEREN EMBARGAR UNA CASA DEBIDO A UN PAGARE QUE FIRME, ES DE INFONAVIT Y TODAVIA LA DEBO, HAY UNA JURISPRUDENCIA QUE ME PROTEJA? Y CUAL ES EN DADO CASO QUE EXISTA.
- Consulta : 100296
- Autor : danyadame_NR
- Publicado : Martes 01 de Febrero de 2011 12:49 desde la IP: 189.231.69.119
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,118
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 01 de Febrero de 2011
Estado de Referencia: Chihuahua
HACE TIEMPO FIRME UN PAGARE A UNA PERSONA, LE PAGUE PERO ME ROBO LOS COMPROBANTES DE PAGO Y AHORA ME ESTA DEMANDANDO, ME SEÑALARON LA CASA EN LA DEMANDA, QUE PUEDO HACER PARA PROTEGER LA CASA? ALGUNA VES LEI QUE HABIA UNA JURISPRUDENCIA EN DONDE DECIAN QUE COMO ERA UNA PRESTACION LABORAL, ERA INEMBARGABLE, SI ALGUIEN ME PUEDE APOYAR EN ESTO SE LO AGRADECERIA.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 208201
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Fecha de respuesta: Martes 01 de Febrero de 2011 13:49 2011-02-01 13:49 desde IP: 189.208.50.88
Pues de primera instancia estimado forista, existe una hipoteca o gravamen sobre su casa por parte del infonavit en primer lugar, esto quiere decir que el primero que tiene preferencia sobre el dinero que se obtuviese del remate de su casa sería el infonavit, en mi opinión no debería preocuparse por el embargo de su casa, sino más bien de negociar el adeudo que tiene.
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Autor
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AutorRespuesta No: 208202
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Fecha de respuesta: Martes 01 de Febrero de 2011 13:50 2011-02-01 13:50 desde IP: 187.142.232.224
hasta donde tengo entendido una vez que esta inscrita en el registro de la propiedad a tu nombre puede ser embargable, por que lo ubico que pesa sobre las casa de infonavit es una hipoteca, gravamen el cual una vez que pagues se te libera, ademas debo decirte que no hay ninguna prestacion laboral puesto que al final tu eres la persona que esta pagando la casa tan es asi que se te hacen las deducciones de tu nomina y no voe como pruebes que pagaste la deuda en virtud de que no tienes recibos de pago, así como tampoco se si ya se te vencio el termino para contestar la demanda y al final pues se hace suponer que el que el acreedor tenga en su poder los documentos es por que aun la deuda existe
espero te haya ayudado
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Autor
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AutorRespuesta No: 208210
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Fecha de respuesta: Martes 01 de Febrero de 2011 14:27 2011-02-01 14:27 desde IP: 189.231.69.119
QUE ME RECOMIENDAN HACER PARA ESTE CASO, HABRA ALGUNA JURISPRUDENCIA O ALGO? EN UN FORO ENCONTRE ALGO PERO NO SE SI ESTO ME PUEDA AYUDAR.
Artículo 2893.- La hipoteca es una garantía real constituida sobre bienes que no se entregan al acreedor, y que da derecho a éste, en caso de incumplimiento de la obligación garantizada, a ser pagado con el valor de los bienes, en el grado de preferencia establecido por la ley.
Artículo 2894.- Los bienes hipotecados quedan sujetos al gravamen impuesto, aunque pasen a poder de tercero.
En cambio, el embargo, en su carácter de institución procesal, no es un derecho real, como podrás ver en la siguiente tesis:
No. Registro: 270,193
Tesis aislada
Materia(s): Civil
Sexta Época
Instancia: Tercera Sala
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Cuarta Parte, LXXXII
Tesis:
Página: 97
EMBARGO, NO CONSTITUYE UN DERECHO REAL EL.
El embargo no constituye un derecho real; es una institución de carácter procesal, en la que el embargante no posee los bienes materia del secuestro, sino el depositario, que se nombra en los términos del artículo 1392 del Código de Comercio.
Queja 179/63. Mario Resendez de la Garza. 10 de abril de 1964. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada. -
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AutorRespuesta No: 208211
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Fecha de respuesta: Martes 01 de Febrero de 2011 14:29 2011-02-01 14:29 desde IP: 189.231.69.119
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