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PRECISIONES SOBRE LA APELACIóN EN MATERIA MERCANTIL
- Consulta : 271560
- Autor : pijeandaluz_NR
- Publicado : Lunes 13 de Julio de 2015 05:54 desde la IP: 187.195.131.231
- Tipo de Usuario :
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 13 de Julio de 2015
Estado de Referencia: Distrito Federal
Estoy en un Juicio Ejecutivo Mercantil que empezó en 2001, en el año 2007 presenté 2 apelaciones, como parte demandada, después de sentencia firme, las cuales se aceptaron con caracter devolutivo, en el año 2008, la parte actora promovió todo lo necesario para la ejecución de la sentencia, pero cuado solicitaron que se sacara a remate mi bien, el juez les dijo que no existian los 2 avaluos, porque el perito de ellos había presentado un avaluo que no correspondía al bien embargado, por ello no se llevó a cabo el remate. Durante mas de 6 años ninguna de las partes impulsa el procedimiento del juicio, pero después de ese tiempo la parte actora se presente ante el juez y le pide que las apelaciones, que la demandada había presentado, las envíe al tribunal de alzada, pagando incluso ella las copias corrrespondientes para realizar el trámitoe, además el juez no entera para nada a la parte demandada de la reanudación del proceso, ni la el tribunal de alzada le notifica que llegaron a la sala dichas apelaciones, al juzgarlas decreta la caducidad de las mismas.
Como demandado hago valer un incidente de nulidad de actuaciones porque no se me notificó la reanudación del procedimiento y simultaneo a elle también se presentó el incidente de prescripción de ejecución de sentencia, por haber pasado más de tres años sin que se haya impulsado el procedimiento por ninguna de las 2 parte.
Por todo lo anterior, tengo las siguientes dudas, las que espero me puedan ilustrar y en su caso apoyarme con jurisprudencia que soporte la defensa como parte demandada.
1.- ¿Quién la debe declarar la caducidad de la apelación, si el Juzgado de la 1a Instancia no la manda al Tribunal de Alzada para su conocimiento, por mas de 6 años?
2,- ¿La caducidad de la apelación en materia mercantil se puede decretar desde la 1a instancia, ya que no hubo impulso procesal de ninguna de las partes por mas de 3 años?
3.- ¿Ante quién se debe presentar el Incidente de Nulidad de una notificación realizada por el Tribunal de Alzada y como se debe tramitar, y en caso de que sea ante laSsala y esta deseche el Incidente, cuál es el Recurso y ante quién se presentaría para combatir ese desechamiento?
4.- ¿En que casos se debe notificar a las partes la llegada de la Apelación a la 2a. Sala o al Tribunal de Alzada? tomando en consideración que en este caso el Juez se tardó mas de 6 años en trurnarla y además no notificó a la parte demandada que habían llegado esas apelaciones al Tribunal de Alzado, lo que se presume debió notificarlo.
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