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INTERDICCION

  • Consulta : 118471
  • Autor : bmvv2000_NR
  • Publicado : Lunes 04 de Julio de 2011 16:49 desde la IP: 201.141.227.56
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,103
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  • Autor
    Consulta

  • bmvv2000_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    si fueran tan amables de indicarme, en el caso de los registros de gastos de una persona sujeta a interdicción, ¿basta con los tickets, o es necesario recabar factura? Y si existe una guía de lineamientos para tutriz y curatriz, me gustaría saber donde se encuentra, para saber en específico si se hacen obras de mantenimiento y mejoras en los bienes de la persona interdicta, si se necesita pedir autorización para ello. De antemano agradezco su atención.

     

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