Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

ALCANCE LEGAL DE LETRA O PAGARE

  • Consulta : 96455
  • Autor : mjdiaz64_NR
  • Publicado : Lunes 03 de Enero de 2011 16:37 desde la IP: 189.209.68.219
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,120
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • mjdiaz64_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Puebla

    me ofrecieron   financiamiento  para  la  empresa  en que  me  desempeño  por  un monto  de 500mil  pesos sin embargo solo problemas  resulto al haber  aceptado  , por desconocimiento   no se  especifico   el  interes  correspondiente ,  siendo   que  ha pasado   2 años  y sigo  debiendo  lo mismo . debido   a  esto  quisiera   saber  si  podria  negociar  firmando  pagares  por  un plazo  y monto  o si fuera  mejor  la  letra  de cambio  , la finalidad  seria  fijar un total  y conforme   a los  pagos  fuera  decreciendo   la  deuda , firmamos  un contrato   entre   particulares no se cuan  formal  sea   y si podria   asesorarme

     

    gracias

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 202790

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consultante:

    Si le ofertaron un financiamiento , usted debió firmar un contrato; bueno pues es necesario saber los términos y condiciones de dicho contrato, los alcances legales, a que se obligo, y sobre todo saber si dejo algun bien en garantía.

    Si usted decide firmar pagarés para garantizar el cumplimeinto de du obligación puede ser el caso, de que usted solo se ponga la soga al cuello, máxime si no esta seguro de poder pagar la deuda, en los términos de vencimiento que se inserten en el pagaré.

    Ya que con el correcto llenado del pagaré, el tenedor del mismo, puede desposeerlo de sus bienes ( una vez que se actualice la fecha vencimiento del mismo), a tráves de un procedimiento ejecutivo mercantil, ejercitando la acción cambiaria directa en su contra, reclamando el pago de  la suerte princilal ,  mas lo intereses, y gastos que se generen.

    Es bueno que usted pregunte antes de hacer algo, le sugiero que acuda con un Abogado de lo localidad para que le brinde una asesoría preventiva ; mostrandole  el contrato que firmó, y que tan factible la suscripción de pagarés o bien de novar el contrato.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión