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PENSION PROVISIONAL MUY BAJA

  • Consulta : 150727
  • Autor : carolina_NR
  • Publicado : Sábado 12 de Mayo de 2012 22:17 desde la IP: 201.141.16.53
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,113
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  • Autor
    Consulta

  • carolina_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas noches señores foristas profesionales del derecho, me acerco a ustedes para pedir su noble orientacion:

    resulta que meti una pension alimenticia con los defensores de oficio de aqui del d.f. contra mi esposo del cual estamos separados desde hace mas de cinco años, el se dedica al oficio de taxista es dueño del coche, en su contestacion primero dice que gana 1800 a la semana mas gastos que hace que no acredita y en la contestacion de la demanda en forma ahora no indica cuanto gana pero si dice que tiene gastos exhorbitantes mensuales la primera contestacion fue por una prevencion de 5 dias y la segunda por el tiempo que tenia de 9 dias, es el caso que en la audiencia nos enteramos que ya habia una orden de pension provisional para que la consigne mediante billete en el juzgado dentro de los cinco dias de cada mes por $1800 para mi y para mi hijo de 16 años que estudia, esa orden del juez salio el 10 de mayo, lo que se ve que los cinco dias ya pasaron de este mes, por otra parte de los gastos inflados que dice tener mi esposo segun el son de aproximadamente 9000 mensuales en la segunda contestacion claro esta que no dice cuanto percibe pero si dice cuanto gasta y prueba todo lo que dice, le pregunte al defensor que si no se iba hacer nada y dijo que iba ver si apelaba o promovia una revocacion yo la verdad no entiendo lo que si veo es que no veo animos en el defensor de querer hacer algo me dijo que tenia prisa que despues platicabamos, por que tenia mucho trabajo, yo la verdad no entiendo pero creo que si mi esposo en sus gastos que dice tener se entiende tener ingresos por la equivalente a los gastos 9000 mensuales como es que el juez decreta 1800 mensuales para mi y mi hijo, por lo que les pido me oriente en que es lo corecto hacer, ya que falta la audiencia de testigos, el no esta probando lo quedice gastar y se aboca a decir mentiras como que si ha cumplido con los alimentos sin demostrarlo que le da dinero a mi hijo lo que es falso, que me ayudaba con la renta cuando nunca he rentado y mis hermanas me han dado alojmiento en estos cinco años, y lo mas grave que la pension tan baja que decreto ahorita dice cinco dias de cada mes por ser de primera necesidad pero esa orden salio el 10 de mayo QUE HAGO ME PREOCUPA QUE EL DEFENSOR NO SE VE INTERESADO EN DEFENDER MI ASUNTO, QUE HAY DE CIERTO DE APELAR O REVOCAR ESA ORDEN DE PENSION ALIMENTICIA PROVISIONAL QUE ES MUY BAJA, PESE A QUE MI ESPOSO ESTA DICIENDO LO QUE GASTA AL MES LO QUE HACE SUPONER QUE GANA ESA CANTIDAD SI NO ES QUE MAS, ORIENTENME POR FAVOR Y MAS TARDAR CUANDO SE TENDRIA CUALQUIERA DE LAS DOS COSAS QUE MUY SUPERFICIALMENTE ME DIJO EL DEFENSOR, PARA QUE NO ME HECHE LA CULPA A MI, Y SOBRE TODO SEÑORES QUE LE DIGO QUE DEBE PELEAR EN LO QUE PROMUEVA, DE VERDAD LO ME ESTAN DANDO AHORITA ES MUY BAJO PARA MI Y MI HIJO Y EL DEFENSOR YA ME HABIA DICHO ANTES DE ESTO QUE LA PENSION PROVISIONAL SIEMPRE ES LA PENSION DEFINTIVA, POR FAVOR POR HUMANIDAD DENME SU ORIENTACION QUE DEBO HACER AL RESPECTO, MUCHAS GRACIAS, LES INFORMO QUE ME CASE POR SOCIEDAD CONYUGAL, Y ESTA PENSION SE ESTA LLEVANDO EN EL D.F., NO ESTOY TRABAJANDO Y MI HIJO TIENE 16 AÑOS Y SIGUE ESTUDIANDO, MI ESPOSO NO HA PROBADO EN SUS CONTESTACIONES LO QUE DICE FALSAMENTE HABER APORTADO. GRACIAS Y QUE DIOS LES REDITUE CON MUCHOS CLIENTES.  

     

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  • Autor
    Respuesta No: 266081

  • ferlex21
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Como lo establece la Ley, primeramente el Juez decreta un porcentaje provisional para los acreedores alimentarios y despues , durante la secuela procesal se acredita lo que percibe la parte demandada y usted tambien aporte las respectivas pruebas para que el Juez tenga medios de conviccion de ambas partes para cuando dicte la sentencia   establezca la cantidad definitiva para que se le de a los acreedores alimentarios.

    Tambien es menester comentarle que los alimentos seran proporcionales a las necesidades del acreedor alimentario y de acuerdo a las posibilidades del deudor alimentista y usted tambien debera de proporcionar la parte proprcional que le toca respecto a los alimentos.



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