Saludos y excelente inicio de semana para todos.
Mi duda va en el siguiente sentido, comienzo por ponerles en contexto.
Tengo planes de iniciar un negocio como Sociedad Civil puesto que la labor principal de mi negocio será la prestacion de servicios profesionales para la que nos hemos asociado 4 profesionales del area de tecnologías.
Entonces bíen, no tenemos planes de en un principio durante el primer año de operaciones hacer reparto de utilidades, ni anticipo de utilidades ni cobrar sueldos o asimilables a salario, por ningun medio vamos a cobrar o a hacer uso del dinero que se genere en el negocio, no tendremos durante el primer año empleados.
Sobre esto me interesaria saber si en estas condiciones estamos obligados al pago del ISR??
Aprovecho para otra cuestion.
Pensamos el próximo año con la esperanza de que todo salga bien, ahora si a partir del segundo año de operaciones que cada uno de los socios pueda cobrar una minima cantidad mensual y sabemos que eso implica el pago de ISR y deseamos iniciar tambien una Asociacion Civil sin fines de lucro que acepte donativos deducibles y donar el 7% de nuestras utilidades a dicha asociacion y hacer ese 7% deducible del ISR del Negocio.
Es posible?, Es legal?.