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RESCISIÓN POR SENTENCIA NO ABSOLUTORIA

  • Consulta : 126406
  • Autor : jimena.moncada_NR
  • Publicado : Miércoles 28 de Septiembre de 2011 10:34 desde la IP: 189.128.18.243
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,103
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  • Autor
    Consulta

  • jimena.moncada_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Puebla

    Hola. Requiero saber si es causal de rescición lo siguiente: Mi colaboradora se practicó un aborto antes de ingresar a laborar con nosotros y hace apenas dos días, llegaron a aprehenderla directamente a las instalaciones de la empresa.  La prisión preventiva será por 72 hrs. y luego de ello, saldrá por fianza. Al día de hoy ella no nos ha llamado oficialmente lo ocurrido, pero yo logré investigar lo que he descrito. El hecho es que el delito existe, por lo que no habrá sentencia absolutoria. Lo que he descrito, puede ser causal de rescisión?

     

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