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MUERTE DEL TRABAJADOR

  • Consulta : 218566
  • Autor : MALDONADO
  • Publicado : Martes 14 de Enero de 2014 16:14 desde la IP: 187.207.103.240
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,105
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  • Autor
    Consulta

  • MALDONADO
    USUARIO REGISTRADO

    primero que nada agradezco la atención prestada la presente pregunta la cual consiste en lo siguiente: resulta que mi cliente se ve en la necesidad de demandar la rescisión de contrato de trabajo por encontrase en un estado de salud precario, sin embargo la demanda se presenta el primer día hábil posterior a la firmadola de la demanda y la carta poder, siendo la sorpresa que precisamente en cuanto yo me encontraba en oficialía de partes haciendo la entrega de la demanda al salir recibo llamada por parte de sus familiares informándome de la muerte de mi cliente, la pregunta concisa es ¿que sigue? pues mi cliente ya falleció y no sé si le haya notificado al patrón ¿qué pasa si el patrón acude a laaudiencia inicial? sería necesario qué se le nombra un albacea porque las personas que ya dejó como beneficiarios mi nombre en otra vez como su representante entendiéndose que yo presentó la demanda y a los 5 minutos recibo la llamada de que mi cliehte ya falleció. spero puedan resolver mi duda ya que es la primera vez que mi cliente fallece sin antes haber llevado siquiera la primera audiencia. agradeciendo de antemano su atención.

     

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