Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas tardes, mi pregunta es la siguiente: quisiera saver si alguien save algo acerca de la lesgislación o modificación a la ley del issste donde se menciona lo del retiro del fondo de la vivienda, anteriormente si no se ejercia un credito para vivienda al jubilarse regresaban como el 6 ó 5% de el total, hoy con esta legislación parece ser que aunque no se ejersa un céedito para obtener vivienda y usar estos recursos regresan el 100% de lo acumulado.
Ejemp. si mi fondo para el retiro es = 1000
y mi fondo para vivienda es = 2000 me tenrian que regresar $ 3000
Nota: este caso es de una persona que ya cumplio con el tiempo de servicio ante el issste y ante la institución para jubilarse y nunca tubo la nececidad de ocupar su SAR el cual se divide en subcuenta para el retiro y subcuenta para la vivienda.
si alguen me puede ayudar se los agradecere muchas gracias.