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REFORMA DE INFONAVIT
- Consulta : 134598
- Autor : anirak_p_NR
- Publicado : Sábado 07 de Enero de 2012 11:49 desde la IP: 187.149.31.54
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,115
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 07 de Enero de 2012
Estado de Referencia: Guerrero
Buenas tardes mi pregunta es tengo un Tia que me hizo una pregunta ella le dieron pension muy pequeña por su esposo ya fallecido murio hace 10 años pero practicamente le dieron una cosa que da risaaa solo mensionarlaa su esposo estuvo trabajando toda su vida cotizando para el imss n otuvo buen asesoramiento m iesposo leyo sobre el cobro de saldo de subcuenta de vivivenda de la nueva reforma ella puede beneficiarse de esa refolrma? loque le dieran seria bueno su esposo nucna saco casa y si puede que hacer al respecto con quien acudir ? al infonavit que requisistos pide? gracias de antemano toda infomacion sera sumamente importante
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 250604
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Fecha de respuesta: Sábado 07 de Enero de 2012 12:13 2012-01-07 12:13 desde IP: 189.152.54.34
En efecto si puede beneficiarse con la reforma a la ley del infonavit, unicamente hay que esperar a que se publique en el Diario Oficial de la Federación para que se cumpla el proceso legislativo y la autoridad que en este caso es el infonavit inicie con el cumplimiento de ley. Así mismo el instituto emita los lineamientos .
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Autor
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AutorRespuesta No: 250607
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Fecha de respuesta: Sábado 07 de Enero de 2012 12:38 2012-01-07 12:38 desde IP: 189.145.49.154
Mi estimado (a) consultante Anirak_p
Mire, desafortunadamente todo apunta una vez más, a que estan amañados estos supuestos beneficios hacia los ciudadanos, por lo que le transcribo cual será el procedimiento que ellos mismos determinaron a seguir para estas devoluciones, y ya verá porque:
1) Trabajadores que se retirarán bajo la ley 1973 después de la publicación de las reformas: Las personas pertenecientes a este grupo deberán acudir al Infonavit con su resolución de pensión, ahí completarán una solicitud de devolución y firmarán un documento de conformidad acerca del monto de ahorro de su subcuenta, una vez realizado este proceso el Instituto realizará la devolución en 10 días.
2) Retirados que demandaron y tienen una resolución a favor: En este grupo hay alrededor de 8,000 personas, en este caso, el representante legal debe acudir al Instituto con la resolución de la demanda a favor, una identificación oficial y un estado de cuenta bancario del trabajador con una antigüedad no mayor a dos meses y con una Clave Interbancaria legible (CLABE) para que se realice el depósito.
En esta visita se deberá firmar un documento de conformidad para que la transferencia bancaria se realice en un plazo de 10 días.
3) Personas con demanda en trámite: En este caso, las personas que recién iniciaron el proceso judicial o que no tienen aún una resolución deberán desistir de la demanda y acudir con la misma documentación (resolución de que se desistió, identificación y estado de cuenta). En este caso el proceso de devolución tarda 10 días a partir de la firma del documento de conformidad.
4) Personas que no demandaron o perdieron la demanda: Para este grupo las instrucciones todavía no son definitivas. Luis Martín del Campo explica que partir de la publicación de la reforma en el DOF, el Instituto tiene seis meses para llegar a un acuerdo con la Secretaría de Hacienda acerca de las condiciones de pago de cerca de UN MILLON DOSCIENTAS MIL PERSONAS que corresponden a este grupo.
El Infonavit estima que este proceso implicará recursos por 18,000 millones de pesos que la Secretaría de Hacienda deberá regresar a los ex trabajadores. El plazo para que las devoluciones sean completadas por completo será de 18 meses a partir de la publicación de la reforma.
El funcionario enfatiza que las personas que corresponden a este grupo deben evitar llamar o acudir al Infonavit, pues será el Instituto el que informe cuando tenga el proceso definitivo, que supone, será similar al de los otros tres grupos y deberá ser dado a conocer en los primeros meses de 2012.
Si tú eres un trabajador que empezó a cotizar después de 1997, esta reglamentación no aplica para tu caso, pues el ahorro de la subcuenta de vivienda ya se incorpora de manera automática y con rendimientos a tu Fondo de Ahorro para el Retiro, si no ocupas un crédito Infonavit o si terminas de pagarlo y generas más ahorros.
SALUDOS Y MUCHA SUERTE
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