- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
OPERA LA CADUCIDAD DESPUES DE LA SENTENCIA EN JUICIO EJECUTIVO MERCANTI?
- Consulta : 174277
- Autor : eldedgocapital_NR
- Publicado : Miércoles 24 de Octubre de 2012 17:58 desde la IP: 187.177.219.60
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,112
-
AutorConsulta
-
Publicado el Miércoles 24 de Octubre de 2012
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 289833
-
Fecha de respuesta: Jueves 25 de Octubre de 2012 02:02 2012-10-25 02:02 desde IP: 201.172.247.118
buen dia: de conformidad al codigo de comercio La caducidad de la instancia operará de pleno derecho, sea porque se decrete de oficio o a petición de parte, cualquiera que sea el estado del juicio, desde el primer auto que se dicte en el mismo y hasta la citación para oír sentencia cuando en el tyrascurso 129 dias no se da el impluso del juicio, si durante el juicio opero la caducidad y se dicta sentencia, la misma se puede recurrir para que quede sin efecto ya que antes de que se dictara la misma ya habia operado la caducidad de la intancia
ahora bien una vez dictada la sentencia, ya no opera la caducidad, sino la perescripcion de la sentencia, ya que de acuerdo al codigo de comercio solo tienes tres años para le ejecucion de la misma
-
Autor





