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AYUDA CON PAGARE

  • Consulta : 139717
  • Autor : omar hernandez
  • Publicado : Jueves 23 de Febrero de 2012 20:25 desde la IP: 201.160.141.141
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,116
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  • Autor
    Consulta

  • omar hernandez
    USUARIO REGISTRADO

    hola que tal mire tengo un adeudo por 20 mil pesos por el cual hay un pagare por dicha cantidad cuando se lleno y se firmo no quedo acuerdo en el interes mensual por lo tanto quedo en blanco esa parte ahora por razones economicas no lo he podido liquidar y ahora la persona a la que se lo debo me dice que le va a poner hasta el 30 porciento de interes mensual si no le pago la pregunta es si procede lo que el dice o no ?  me gustaria me orientaran a ver que puedo hacer en este caso y si puedo amparme legalmente  

                                                                                                                     gracias por su atencion

     

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  • Autor
    Respuesta No: 255727

  • Lic.DiegoGonzalez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Negativo el 30% es ilegal e improcedente el tope máximo es el 10%, ya que en la practica no es aceptado un interes mas alto que el 10%, y la mejor forma de anticiparse es pagando la cantidad a cambio de la entrega que la hagan de titulo.



  • Autor
    Respuesta No: 255771

  • omar hernandez
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    muchas gracias por su respuesta  solo me queda una pequeña duda entonces el 10 porciento si me lo puedo cargar por cada mes que me atrase ?  me podria decir si hay alguna otra manera de llegar a un acuerdo con esta persona?

     

    muchas gracias por su atencion



  • Autor
    Respuesta No: 255773

  • HectorMontes
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Amigo buen dia. Bien es cierto que el interés lo puede poner en el pagaré hasta del 30%, pero no quiere decir que esto proceda, pues el juez puede regular el interes. Si usted no lo impugna obviamente se tendrá por cierto lo que su acreedor le diga al juez. Por impugnar me refiero a que debe contratar un perito para demostrar que el interés no fue pactado por ambas partes (eso implica un gasto). Ahora bien, el hecho de que no procedan los intereses no quiere decir que no le pueda cobrar algun interes mas, pues la ley regula el llamado "Interes legal" es decir, le cobrarán un interés del 6% anual aunque usted logre demostrar que no se pactó alguno. Al final de cuentas el cobro procede, asi que es mejor que contrate a un abogado para que negocie por lo menos el pago del capital.

    Buen dia, espero le sirva mi comentario.

    Atte. Lic. Montes



  • Autor
    Respuesta No: 255808

  • Yanez&Barroso
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

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  • Autor
    Respuesta No: 255822

  • abogadoserna
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    en efecto la ley subsana el interes no llenado por el interes legal 6 por ciento anual, si pactaron fecha de vencimiento liquide a la brevedad hay que cumplir con la obligacion que se contrae

    saludos



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