Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

HERRAMIENTA DE TRABAJO ACCIDENTADA

  • Consulta : 243907
  • Autor : jacome0260_NR
  • Publicado : Sábado 04 de Octubre de 2014 11:45 desde la IP: 177.228.113.215
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,123
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • jacome0260_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Veracruz

    Soy el responsable de programar los códigos de chapas en un hotel, accidentalmente este "APARATO PROGRAMADOR" se golpeó mientras se realizaba un trabajo con él y se rompió, la reparación cuesta cerca de los $ 9,000 y mi sueldo apenas es de $4,000 mensuales, la administración del hotel me comunica que debo pagar esa reparación. ¿Es legal que me cobren ese dinero, cuando lo ocurrido fue un accidente? ¿Qué puedo Hacer?

    Agradezco anticipadamente su atención. 

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 367174

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo en caso que el patrón efectúe cualquier descuento de su salario bajo el argumento que usted dañó esa herramienta.

    En primer lugar, para que pueda hacersele cualquier cargo por ese motivo, el patrón deberá acreditar plenamente que fue producto de un acto intencional de su parte, lo que de haber sido así, entonces de conformidad con la fracción V,del artículo 47, de la Ley Federal del Trabajo, le hubieran rescindido su contrato de trabajo sin responsabilidad para el empleador, para lo cual disponía de 30 días a efecto de poder hacerlo; además, en el supuesto que la avería hubiera sido consecuencia de una operación negligente del equipom y que el patrón tuviera el derecho de efectuar el cobro de la reparación, no puede descontarle más del importe de un mes de salario por ese concepto, de forma tal que tendría que asumir el patrón el costo de la diferencia en la reparacóin y, adicionalmente, los descuentos tendrían que ser convenidos con usted, ya que tampoco podrían exceder del 30% del excedente del salario mínimo; esto es, si usted tiene un salario de $ 4,000.00 en tanto que el salario mínimo en el Estado de Veracruz es de aproximadamente $ 1,950.00; luego entonces, el descuento no puede exceder del 30% de $ 2,050.00, que es la diferencia entre ambos parámetros, es decir $ 615.00 mensuales de descuento, reitero, a condición que el patrón demostrara plenamente que usted dañó el equipo intencionalmente, o lo operó con forma por demás negligente.

    Y también, para convenir con usted e iniciar el descuento, deberá hacerlo antes de que transcurram 30 días de la fecha en que se averió la herramienta.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión