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RESOLUCIóN
- Consulta : 106179
- Autor : hsaiepsa_NR
- Publicado : Viernes 18 de Marzo de 2011 19:09 desde la IP: 201.114.215.45
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,117
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 18 de Marzo de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 215728
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Marzo de 2011 21:48 2011-03-18 21:48 desde IP: 189.216.155.191
Puede hacerlo sí y solo sí se firma un convenio de pago ante la Junta, es lo más recomendable si establece una pena equivalente a un día de salario por cada día de incumplimiento de ese convenio.
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