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AMPARO DIRECTO (CUASTION LABORAL)
- Consulta : 207043
- Autor : vero_gloria_NR
- Publicado : Jueves 29 de Agosto de 2013 12:23 desde la IP: 187.213.57.61
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,107
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 29 de Agosto de 2013
Estado de Referencia: Distrito Federal
Muy buenas tardes le expongo mi situacion:
En diciembre del 2010 hice una demanda, por edad de tiempo de servicio o accidentes de trabajo y diversas prestaciones. (en los juicios que hubo con anterioridad no me quiseieron aceptar mis pruebas aun cuando estaba estipuladas en la demanda y mi abogado no hizo nada de nada) a penas se fue al colegiado, como amparo directo, mis abogados dicen que me espere hasta enero, a ver como va la situacion , pero no se han presentado a checar las notificaciones, o el expediente, ni siquiera a promover algo.
Si admiten la demanda en terminos del aticulo 27 de la ley de amparos, pero las autoridades demandadas promueven un amparo exactamente igual al mio, y dicen que en :virtud de que en este juicio de amparo y en diverso registrado bajo el numero x se reglama el propio laudo por la conexidad de ellos, con fundamento en el artuculo 65 de la ley de amparo abrogada, propongase al pleno de este tribunal se resuelva en la misma secion. Con el objeto que se formule el proyecto de resolucion turnece el axpediente al magistrado correspondiente, notifiquese.
ACUERDAN el 6 de agosto 2013:Vista la cuenta que antecede y con fundamento en el articulo 65 de la ley de amparo vigente hasta el 2 de abril del 2013 acordaron que por la conexidad existente de garantias x y el diverso x se resulva de manera simultanea en la misma sesion.
Sirve de apoyo la tesis LXX/2010 aprovada en seciones privadas del 3 Nov. del 2009 y 3 de Sep.2010, amparo directo expuesto en el articulo 65 de la ley de amprao, es conveniente la resolucion simultanea de los diversos juicios que se aprueven en esta via contra una misma sentencia.
En base a la judisprudencia del artuculo 65 de la ley de amparo, acuerdan que con fundamento el artuculo 278 y 279 del codigo federal de procedimientos civiles aplicado por anlalogia conforme lo establece el articulo 2 segundo de la ley de amparo vigente hasta el 2 abril 2013 expidase a su costa copia certificada de lo solicitado, con forme a lo ordenado 6 de agosto
ACUERDO del año 2013 dice agreguese a los autos del juicio de amparto directo x el oficio del presidente del de la septima sala del tribunal federal de conciliacion y arbitraje, mediante el cual remite copia certificada del boletinn laboral burocratico, numero 4960, del que aprecia la notificacion por lista del emplazamiento a los terceros perjudicados, a lo cual esta supeditado a los tramites de este asunto, consecuentemente por estar interpusta en tiempo y forma, con fundamnero en lo previsto en los articulos l66 l67 l79 l84 y relativos, hasta el 2 de abril del 2023, y articulos 37, fraccion 1 inciso D . 39 y 41 fraccion 111 de la ley organica del poder judicial de la federacion se admite la demanda promovida a travez de apoderada por la caja de previosion preventiva del Distrito Federal , en contta del acto de la Septima Sala del Tribunal Federal de Consiliacion y arbitraja, consistente en el laudo del 31 de mayo de 2012, dictada el en expediente laboral X.
en virtud que en este juicio de amparo X. se reclama el propio laudo, por la conexidad de ellos, con fundamento en el articulo 65 de la Ley de Amparo abrogada,propongase al Pleno de este Tribunal se resuelva en la misma Sesion. . hagase del conocimiento de la autoridad resposable con el objeto de que se dicte proyecto de resoluicion turnese el expediente al magistrado correspondiente. o sea que la cala de prevision promueve un amparo exactamente igual al mismo para tenerme como tercero perjudicado y manejar la conexidad copn copias del boletin judicvial con copias certificadas de mi amparo y el de la caja de prevision, y pide que se dicte sentencia conjuntamente para mi y para ellos por la conexidad de ambos amparos..
Aque se refieren con eso de conexidad?
les agradeceria mucho que me asesoren gracias por su tiempo y espero su prontarespuesta.
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AutorConsulta
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