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QUE DEBEMOS HACER, CUANDO SE NOS AGOTARON LOS RECURSOS LEGALES PARA DEMOSTRAR LA INOCENCIA DE MI MARIDO?

  • Consulta : 169666
  • Autor : Laura02azul
  • Publicado : Domingo 16 de Septiembre de 2012 19:04 desde la IP: 201.144.60.171
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,114
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  • Autor
    Consulta

  • Laura02azul
    USUARIO REGISTRADO

    Porfavor necesitamos que alguien nos diga que hacer en nuestra situación . Mi marido fue sentenciado a 22 anos de prisión por un delito que no cometió ya hasta el amparo perdimos y a donde quiera que vamos a pedir ayuda Nos dicen que no hay nada que hacer, que tuvimos tiempo para probar su inocencia. Y entonces de que de trata en este país buscar quien la paga y no quien lo hizo? Estamos ya sin dinero desesperados sin saber que hacer. No nos pueden dar indulto porque es delito de secuestro. Debe entonces mi marido pagar 22 anos por un delito que no cometió ? Cualquier informacion nos será muy útil muchas gracias por leer mi petición .

     

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  • Autor
    Respuesta No: 285139

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Toda persona tiene derecho a ser oída y vencida en juicio, siguiendo las formalidades del procedimiento correspondiente.

    En su caso particular, si ya interpusieron todos los medios de impugnación para recurrir el acto por el cual se sentenció a su esposo por el delito imado, lamentablemente ya no queda más por hacer.

    Pórqué? Porque ningún juicio terminaría si existieran más y mas recursos por interponer.

    Si él no incurrió en el delito, entonces tuvo una defensa deficiente que no PROBÓ que su esposo no tuvo intervención alguna en el delito relativo.

    En todo caso, para la revisión de su expediente, tendría que pagar el costo de dicha revisión que supongo que son varios tomos y probablemente le reiteren lo que Usted ya sabe, que ya no hay más por hacer...

    Ni hablar, esas son las consecuencias de contratar a cualquier persona para llevar un juicio... o por atenerse al Defensor de Oficio...



  • Autor
    Respuesta No: 285141

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    CONSULTANTE Laura02azul,

    Presente:

     

    Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:

     

    Le diré Consultante que, de acuerdo al artículo 29 de la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y Reinserción Social para el Distrito Federal, los BENEFICIOS QUE PUEDEN OTORGAR ESTOS JUECES DE EJECICIÓN DE SANCIONES PENALES A LOS SENTENCIADOS, SON LOS SIGUIENTES:

     

    “CAPÍTULO TERCERO

    BENEFICIOS PENITENCIARIOS

    ARTÍCULO 29. BENEFICIOS. Son beneficios Penitenciarios los siguientes:

    I. Reclusión Domiciliaria mediante monitoreo electrónico a distancia;

    II. Tratamiento Preliberacional;

    III. Libertad Preparatoria; y,

    IV. Remisión Parcial de la Pena.”

     

    Tendría que estudiarse el caso particular de su familiar por un ABOGADO PENALISTA, para que le pudieraDICTAMINAR CON TODA PRECISIÓN SI A SU FAMILIAR SE LE PUEDE CONCEDER ALGUNO DE ESTOS BENEFICIOS, EN EJECUCIÓN DE SU SENTENCIA PENAL, entiende; saludos y suerte en su asunto.

     

    Por lo que le aconsejo jurídicamente que a la brevedad posible Usted Consultante se asesore legalmente de un abogado que sea experto en MATERIA PENAL Y AMPARO PENAL, de esta forma tendrá asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso de que usted no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de los servicios profesionales de un abogado particular, PUEDE USTED RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.

     

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

     

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

     

    Oficina: (0155) 3182-2696

    Celular:55-3462-7069

     

    WEB: m o r a l e s a r a g o n y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)

    E-MAIL: m a y c i a . j o r g e m  a r r o b a g m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)



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