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QUé PASA SI COMPRé UN AUTOMóVIL QUE DESPUéS DE MáS DE 1 AñO RESULTó QUE ERA ROBADO Y ESTABA ASEGURADO ?
- Consulta : 165058
- Autor : rasg2531_NR
- Publicado : Miércoles 15 de Agosto de 2012 23:05 desde la IP: 189.136.94.36
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,129
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 15 de Agosto de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
Que pasa si el auto estaba asegurado ? tenía todos los documentos originales, factura, pago de tenencias, los que luego resultaron que eran clones, pero tengo hasta mi constancia del REPUVE, cambio de propietario a mi nombre etc, vaya todo en orden y ahora se supone que tiene los números alterados o lo que dicen es remarcados, no han podido localizar ni los peritos el supuesto número original y que lo llevaran a la planta, a la fecha sigue asegurado con cobertura amplia, qué pasa con el seguro en este caso?
Gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 280574
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Fecha de respuesta: Miércoles 15 de Agosto de 2012 23:26 2012-08-15 23:26 desde IP: 201.124.43.7
no procede seguro ya que es un objeto producto del ilicito, asi mismo usted sera sujeto a un proceso penal por el delito de encubrimiento por receptación e incluso le pueden i m p u t a r el delito de falsificación de documentos.. hagase de los servicios de un abogado especialista en materia penal, titulado y con su respectiva cedula profesional, cuidado con los coyotes, que le muestre su cedula, revisela en la pagina de la sep. saludos cordiales.
Lic. Campuzano.
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Autor
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AutorRespuesta No: 280670
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Fecha de respuesta: Jueves 16 de Agosto de 2012 15:10 2012-08-16 15:10 desde IP: 201.152.62.141
rasg2531:
Lo que comenta en su consulta, Se equipara al robo de vehiculo:
Tipificado asi, en el Codigo Penal en todas las Entidades Federativas.
Al que use, posea, detente la posesion d un vehiculo de motor robado.
Altere modifique, sustituya o suprima de cualquier manera los numeros o letras de serie de motor, chasis, carroceria o de cualquier parte, que sirva para identificar uno o mas vehiculos robados.
Por lo que de comprobarse lo que le comento Usted puede ser sUjeto a investigacion.
Deberia contratar los servicios de un abogado, para que le asista en caso de.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 280706
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Fecha de respuesta: Jueves 16 de Agosto de 2012 16:59 2012-08-16 16:59 desde IP: 201.124.43.7
CONSULTANTE, usted se encuentra en el DF, no le haga caso al forista anterior... el delito es encubrimiento por receptacion y esta contemplado en el numeral 243 del codigo penal para el DF... aclaro, en algunos estados si se tipifica como robo mas no es el caso del DF...
NO ME PERMITE PEGAR EL FUNDAMENTO... SIN EMBARGO ASI LO PUEDE BUSCAR EN EL CODIGO PENAL PARA EL DF COMO SE LO REITERO.
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