Estado de Referencia: Aguascalientes
Hola mis estimados Licenciads y abogads.
Es la primera vez que escribo en este sitio, la verdad estoy muy confundida, el día de ayer tuve una audiencia de Ley, mi cliente llego tarde 10 minutos con sus testigos, mi contraria por su parte llego tarde ocho minutos, cuando nos acercamos a la mesa del secretario de acuerdos éste estaba iniciando la audiencia, ni siquiera nos hablo, dio entrada a unos escritos y continuo con la comparecencia, dio cuenta que estaba mi contraira con uno de sus representantes y dio cuenta de mi cliente y sus testigo, poco tiempo despupes 10.15 llegaron el resto de los contrarios y dio cuenta de ello, se procedio a las confesionales y al terminar la audiencia me percato que al inicio de la ésta el secretario puso que no preswente a mis tesztigo en tiempo y forma por lo cual me hace efectivo el aparcibimiento y se quedan fuera las testimoniales, según él porque no llegamos a la hora indicada, pero si tomo ese criterio, porqué sí admitió las confesionales de mi contraria, que no conforme al artículo 81 del CCP debe existir una lógica en el actuar de los jueces??? pienso apelar la audiencia, pero no sé si apelar o interponer un incidente de nulidad, nunca me había pasado esto y menos que quedará constancia de ello. Les agradeceré sus oportaciones al respecto