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VOLVER A CONTRAER NUPCIAS
- Consulta : 219330
- Autor : adriana_biozone_NR
- Publicado : Miércoles 22 de Enero de 2014 16:29 desde la IP: 187.148.0.144
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,116
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 22 de Enero de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 338143
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Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Enero de 2014 16:37 2014-01-22 16:37 desde IP: 201.157.22.236
Buenas tardes
No necesita esperar dado que ya ha transcurrido con exceso el tiempo el tiempo que la ley señala. La presentacion del oficio u oficios en el Registro no retarda los efectos de la sentencia definitiva de divorcio.
Saludos
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