- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
ES LEGAL PONER UN JARDIN DE NIÑOS EN UN AREA DE CONDOMINIOS
- Consulta : 121025
- Autor : nandobalin
- Publicado : Miércoles 27 de Julio de 2011 23:13 desde la IP: 189.144.148.186
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,118
-
AutorConsulta
-
Publicado el Miércoles 27 de Julio de 2011
COMENTO: MI ESPOSA ADQUIRIO UNA CASA POR MEDIO DE FOVISSSTE EN CASAS ARA, FRACCIONAMIENTO SANTA INES, MUNICIPIO DE NEXTLALPAN, HACE AÑO Y MEDIO, EN UNA CERRADA EN FORMA DE ¨T¨ QUE CUENTA CON 50 CASAS, 20 CASAS DE LADO IZ. Y 20 DE LADP DER. Y 10 AL FRENTE, HACE 2 MESES APROXIMADAMENTE, UNA PERSONA COMPRO LA CASA DEL FONDO DE LADO DER. CON UN TERRENO DE MAS Y EMPEZO A CONSTRUIR, LA CUESTION EN SI ES QUE PRETENDE PONER UN JARDIN DE NIÑOS, YA PUSO SU ANUNCIO PARA EMPEZAR LAS INSCRIPCIONES, NO TIENE PERMISO DE NADIE NI DEL MUNICIPIO DE NEXTLALPAN, NI DE CASAS ARA, YA QUE ES BIEN SABIDO QUE SON CASAS PARA USO HABITACIONAL NO COMERCIAL, ESTO NOS AFECTARA EN LAS SIGUIENTES FORMAS: QUE ENTRE CUALQUIER PERSONA QUE NO HABITA EN NUESTRA UNIDAD, YA SEA A PIE O EN VEHICULOS, OCUPANDO LA CALLE CON SUS AUTOS U OTRO MEDIO DE TRANSPORTE, VENDEDORES AMBULANTES, EVENTOS DE FESTIVIDADES QUE VAN A OBSTRUIR NUESTROS LUGARES DE ESTACIONAMIENTO, PRIVACIDAD Y TRANQUILIDAD Y LO PEOR PONIENDONOS EN RIESGO A LOS QUE HABITAMOS AHI, YA QUE SI SALIMOS DE NUESTRO ESTACIONAMIENTO EN NUESTRO VEHICULO PODEMOS PROVOCAR ALGUN ACCIDENTE CON ALGUN NIÑO QUE PUEDA CORRER O PASAR EN ESE MOMENTO SIN SER PERCIBIDOS POR LOS QUE EN ESE MOMENTO CONDUCIMOS, YA QUE LOS NIÑOS SON IMPREDECIBLES Y LUEGO LAS MAMAS SE QUEDAN PLATICANDO Y DESCUIDAN A SUS HIJOS Y LLEGAR A TENER CONFLICTOS CON LA DUEÑA DE ESE JARDIN DE NIÑOS O CON LOS FAMILIARES DE LOS NIÑOS QUE ASISTAN A DICHO JARDIN, YA QUE SE PUEDEN MOLESTAR POR NO DEJARLOS PASAR CON SUS VEHICULOS O PEDIRLES QUE SE QUITEN DEL LUGAR DONDE ESTACIONAMOS NUESTROS VEHICULOS, LO MISMO PARA SALIR O ENTRAR, MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE QUE PODEMOS HACER O A QUIEN RECURRIR, PARA EVITAR QUE LLEGUE A FUNCIONAR ESTE JARDIN DE NIÑOS, POR LA ATENCION Y LA RESPUESTA QUE SIRVAN BRINDARME MUCHAS GRACIAS.
PD: SOMOS VARIOS VECINOS QUE NO ESTAMOS DE ACUERDO CON ESTE JARDIN, LA DUEÑA DE DICHA ESCUELA DICE QUE POR ESO COMPRO EL TERRENO DE MAS Y PUEDE HACER LO QUE ELLA QUIERA.
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 232931
-
Fecha de respuesta: Jueves 28 de Julio de 2011 00:07 2011-07-28 00:07 desde IP: 189.217.179.79
Distinguido Consultante
Por ser uso habitacional el Municipio no dará la licencia de uso del suelo y por ende por ser requisito sine cuanon la licencia de uso del suelo para incorporar el preescolar ante la sep, no funcionara como kínder, contraten un abogado para apresurar el clausurar el plantel educativo
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 232938
-
Fecha de respuesta: Jueves 28 de Julio de 2011 00:39 2011-07-28 00:39 desde IP: 189.216.127.178
Si va a utilizar latinajos pa apantallar al que le crea, cuando menos escríbalo bien, Es "sine qua non". Ya el Lic. Ulloa abrió una consulta para ello.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 232995
-
Fecha de respuesta: Jueves 28 de Julio de 2011 11:42 2011-07-28 11:42 desde IP: 189.217.158.41
Señor Ochoa, la consulta era para el dueño del circo no para el payaso, prefiero tener errores en mi escritura y mandarlo a donde usted se merece, aun que no fue mi error, la plataforma del web site, cambia algunas palabras, usted debe saberlo, hablando de disparates y sendeces cheque la respuesta numero “232959” desde cuando ofrecer o tener laborando a un menor es delito grave?, los mayores de 16 años pueden prestar sus servicios libremente, no exhiba su falta seriedad, al contestar las consultas, no engañe a la gente estudie tenga respeto, para quien pide una asesoría no se vale que le meta miedo, nunca se menciona que el menor trabajara en una cantina, lupanar o centro de corrupción.
En via de orientación trascribo los siguientes:
Artículo 3 de la Ley Federal del Trabajo
El trabajo es un derecho y un deber sociales. No es artículo de comercio, exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta y debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia. No podrán establecerse distinciones entre los trabajadores por motivo de raza, sexo, edad, credo religioso, doctrina política o condición social. Asimismo, es de interés social promover y vigilar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores.Artículo 23 de la Ley Federal del Trabajo
Los mayores de dieciséis años pueden prestar libremente sus servicios, con las limitaciones establecidas en esta Ley. Los mayores de catorce y menores de dieciséis necesitan autorización de sus padres o tutores y a falta de ellos, del sindicato a que pertenezcan, de la Junta de Conciliación y Arbitraje, del Inspector del Trabajo o de la Autoridad Política. Los menores trabajadores pueden percibir el pago de sus salarios y ejercitar las acciones que les correspondan. -
Autor
-
AutorRespuesta No: 233009
-
Fecha de respuesta: Jueves 28 de Julio de 2011 13:32 2011-07-28 13:32 desde IP: 187.194.40.129
BUENAS TARDES.
Acude al municipio y denuncia la actividad ante quien resulte responsable, por la falta de permisos y de uso de suelo.
Saludos a todos los Colegas Participantes de esta consulta.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
kokoduro1 arroba correo caliente punto c o m
Contestare todas tus dudas en mi correo. Gracias por tu confianza.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 233269
-
Fecha de respuesta: Viernes 29 de Julio de 2011 21:15 2011-07-29 21:15 desde IP: 189.216.177.217
Sr. Tuamigoabogado, ya recibí sus correos privados denominados "en el pedir está el dar". En ningún momento lo insulté, sólo mencioné la verdad absoluta. Insultar es decir: "...la consulta era para el dueño del circo no para el payaso..." yo no insulto, sólo manifiesto verdades absolutas, ¿acaso es falso que su latinajo es incorrecto? ¿es falso que se escribe ....sine qua non? Insultar es decirle como lo hizo al Lic. Velázquez "título sin abogado". Eso si es insultar. A mi refúteme con argumentos jurídicos, no con habladas. En cuanto a mis participaciones en el foro las sostengo y las gano en Tribunales, no de habladas. "en el pedir está el dar" Pues predique con el ejemplo.
-
Autor







