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LIQUIDACIóN DE PRIMA DE ANTIGüEDAD

  • Consulta : 120257
  • Autor : humardi_02_NR
  • Publicado : Miércoles 20 de Julio de 2011 10:35 desde la IP: 189.251.88.87
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,102
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  • Autor
    Consulta

  • humardi_02_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Veracruz

    Hola Foro, buen día y saludos a todos. 

    En relación a la respuesta No. 243562 del participante SUSEJ, agradezco me proporcionen el fundamento legal conforme a la LFT para la determinación del pago de 15 días por nueve años de trabajo para empleados de confianza.

    En relación al pago de la prima de antigüedad cuál es el importe real con el que debe de pagarse esta, en un caso en el que definitivamente el salario supera el doble del salario mínimo vigente de mi área geografica.

    De antemano agradezco y les mando un saludo.

    HugoMartínez

     

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