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SUCESORIO INTESTAMENTARIO

  • Consulta : 175041
  • Autor : carlosalbertoalcazar_NR
  • Publicado : Martes 30 de Octubre de 2012 23:29 desde la IP: 189.148.207.170
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,114
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  • Autor
    Consulta

  • carlosalbertoalcazar_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Chiapas

    en el auto declaratorio de herederos fue dictado y no se consisguio el fin planteado de ser declarado heredero universal de la sucesión intestada y como concecuencia no albacea, la pregunta es: ¿se´puede pedir que se nombre albacea si no lo hay? y ¿lo puede pedir la persona que denunció el sucesorio intestamentario? pues hay derechos de creditos y derechos reales en contra de la de cujus; agradeceré que me den respuesta a mi pregunta.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 290364

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    tu abogado te explica... que la declratoria de herederos no es la junta de herederos...donde se nombra al albacea...tu abogado te explica para que  no te metas en lo que no te importa... y lo dejes trabajar...



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