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PLAYAS PRIVADAS EN MéXICO??
- Consulta : 280001
- Autor : jorgeleon
- Publicado : Viernes 27 de Mayo de 2016 14:15 desde la IP: 200.79.236.117
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,121
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 27 de Mayo de 2016
Hola amigos del Foro Justicia México… soy un jubilado mayor de edad y me traslade a Cancún Quintana Roo, en busca de una oportunidad de trabajo ya que me encuentro en buen estado de salud para seguir aportando y no depender totalmente de la pensión…. El problema fue que al parecer aquí tampoco hay trabajo para los mayores de edad y el poco trabajo es informal o de limpieza o empacadores en los súper mercados, por lo que he acudido a recorrer la zona hotelera en busca de cualquier empleo, el problema es de que no permiten el acceso de cualquier persona en la zona hotelera, por lo que trate entrar por la playa a orillas del mar…. Pero no se me permitió el acceso a la playa, argumentando que son propiedad privada de los hoteles y al negarme a salir de la playa explicándoles a los de seguridad de los hoteles que las playas en México, no se pueden privatizar porque le pertenecen a todos los Mexicanos, por lo que les informe que ninguno de seguridad privada podía sacarme, retenerme o negarme el libre tránsito por la playa, que solo la autoridad o policía municipal con una razón válida podía impedirme el libre tránsito por la playa, por lo que llamaron a la policía municipal y en cuestión de minutos casi segundos hicieron acto de presencia dos vehículos de la policía municipal y se me solicito salir inmediatamente de la playa y de la zona hotelera, les comente que las playas son públicas y que ellos deberían de saberlo por obligación ya que son servidores públicos pagados por el municipio, me amenazaron de que si no salía por mi voluntad seria remitido a la cárcel municipal acusado de intromisión en propiedad privada y que si no estaba de acuerdo pusiera una queja ante la autoridad competente……. Por lo que mis preguntas son las siguientes: Las playas siguen siendo propiedad Federal, siguen siendo de libre tránsito para los Mexicanos?? Y si es así… como, donde y bajo que argumento interpongo una demanda y contra quién?? Y una pregunta muy especial… Como se llama oficialmente todo este lugar, Cancún o Benito Juárez NOTA: del 100% de Mexicanos en este lugar el 90% son trabajadores al servicio de estos consorcios y la mayoría pesimamente pagados “mano de obra súper barata” y casi todos no tienen la certeza de que si viven en Cancún o en Benito Juárez
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 388951
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Fecha de respuesta: Sábado 28 de Mayo de 2016 16:04 2016-05-28 16:04 desde IP: 187.199.70.161
jorgeleon:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Es fácilmente observable que nadie le responde en su consulta, pero para que usted nunca se queje por esta falta, le propongo que sea usted quien ilustre a los abogados que concurren a estos foros, pues le requiero formalmente para que nos informe cuál es el precepto legal (número del artículo y Ley que lo contiene) en el que se establece que está prohibido privatizar las playas de México. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Si usted cumple con lo que le exijo, de mi parte me comprometo a patrocinarle el juicio o juicos que sean necesarios para que a usted le reparen el supuesto daño u ofensa que siente que le han causado.
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Autor
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AutorRespuesta No: 388957
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Fecha de respuesta: Domingo 29 de Mayo de 2016 01:32 2016-05-29 01:32 desde IP: 200.79.236.117
Perdón por mi ingenuidad, tenía entendido que las playas Mexicanas pertenecían a los Mexicanos pero ya me informaron que hasta los Mexicanos se pueden vender… y como referencia a esto solo hay que echar un vistazo al sueldo mínimo y preguntémonos en que benefició o ayudo la tan cacareada reforma laboral…. al contrario nos quitó lo de por sí muy poco estaba a nuestro favor y nos volvió la mano de obra más barata, hasta nuestras leyes son elitistas, tienes dinero, tienes ganado cualquier problema legal solo cuídate de no enfrentarte a alguien con más dinero…. y por ultimo ya para que nos preocupamos, ya vendieron o están vendiendo lo más valioso de México su petróleo, su agua, sus tierras, sus playas y sus mares etc. etc. etc.
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Autor
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AutorRespuesta No: 388958
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Fecha de respuesta: Domingo 29 de Mayo de 2016 10:08 2016-05-29 10:08 desde IP: 187.221.102.221
Mi estimado consultante Jorge León
Mire, siempre he defendido a capa y espada que: “””-no existe mejor perito en la materia que una victima de los hechos-“””, motivo por el cual me voy a permitir sugerirle antes de seguir con debates insulsos, que lea el articulo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 388962
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Fecha de respuesta: Lunes 30 de Mayo de 2016 00:20 2016-05-30 00:20 desde IP: 200.79.236.117
Solo una pregunta... y por favor si se anima a contestar, iniciar con un "SI" o con un "NO", y después si quiere argumentar o poner información para respaldar el SI o el NO........ está usted de acuerdo con las privatizaciones (en especial del petróleo, de nuestra agua, de nuestras playas y de nuestras tierras) acordadas en las últimas reformas a favor de intereses extranjeros??, así como ser mano de obra barata y en especial nuestras mujeres……
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Autor
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AutorRespuesta No: 388978
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Fecha de respuesta: Lunes 30 de Mayo de 2016 16:52 2016-05-30 16:52 desde IP: 201.151.188.253
Son propiedad de la Nación las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fije (sic DOF 20-01-1960) Derecho Internacional; las aguas marinas interiores; las de las lagunas y esteros que se comuniquen permanente o intermitentemente con el mar; las de los lagos interiores de formación natural que estén ligados directamente a corrientes constantes; las de los ríos y sus afluentes directos o indirectos, desde el punto del cauce en que se inicien las primeras aguas permanentes, intermitentes o torrenciales, hasta su desembocadura en el mar, lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional; las de las corrientes constantes o interminentes (sic DOF 20-01-1960) y sus afluentes directos o indirectos, cuando el cauce de aquéllas en toda su extensión o en parte de ellas, sirva de límite al territorio nacional o a dos entidades federativas, o cuando pase de una entidad federativa a otra o cruce la línea divisoria de la República; la de los lagos, lagunas o esteros cuyos vasos, zonas o riberas, estén cruzadas por líneas divisorias de dos o más entidades o entre la República y un país vecino, o cuando el límite de las riberas sirva de lindero entre dos entidades federativas o a la República con un país vecino; las de los manantiales que broten en las playas, zonas marítimas, cauces, vasos o riberas de los lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional, y las que se extraigan de las minas; y los cauces, lechos o riberas de los lagos y corrientes interiores en la extensión que fija la ley. Las aguas del subsuelo pueden ser libremente alumbradas mediante obras artificiales y apropiarse por el dueño del terreno, pero cuando lo exija el interés público o se afecten otros aprovechamientos; el Ejecutivo Federal podrá reglamentar su extracción y utilización y aún establecer zonas vedadas, al igual que para las demás aguas de propiedad nacional. Cualesquiera otras aguas no incluidas en la enumeración anterior, se considerarán como parte integrante de la propiedad de los terrenos por los que corran o en los que se encuentren sus depósitos, pero si se localizaren en dos o más predios, el aprovechamiento de estas aguas se considerará de utilidad pública, y quedará sujeto a las disposiciones que dicten los Estados.
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