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SENTENCIA PENSION DE ALIMENTOS

  • Consulta : 124096
  • Autor : Aficionado81
  • Publicado : Martes 30 de Agosto de 2011 09:07 desde la IP: 200.57.154.106
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,115
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  • Autor
    Consulta

  • Aficionado81
    USUARIO REGISTRADO

    Buen dia:

    Mi consulta es por que tengo dudas respecto a que sigue despues de la audiencia que se realiza ante el juez para la pension de alimentos. El tramite lo hizo mi esposa para una ex pareja que tuvo y se presento al juzgado y se convino ciertos puntos ante el juez. 

    Viendo la Lista de Acuerdos Juzgados se marca en Resolucion "Audiencia" y en Síntesis "Celebrada". 

    Posteriormente en Resolucion "Auto" y en Síntesis "Agregar escrito".

    La que nos causa duda es que despues dice Resolucion "Auto" y en Síntesis "Vista 5 dias". Le pregunte al abogado y dice que ya no tiene que presentarse a nada pero no me explico porque sale vista 5 dias. Dijo que el oficio para presentarse en la empresa para los descuentos se da hasta que se firme la sentencia.

    ¿Alguien de este foro sabra por que el termino Vista 5 Dias? ¿No hay motivo alguno para que tenga que ir a verificar el dato el abogado? ¿Es correcto esperar el oficio hasta la sentencia?

    Por lo que entendi por parte del abogado el ya termino el proceso y no hay mas que hacer. Ojala alguien pueda resolver estas dudas.

    Saludos.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 237327

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    se le esta dando vista para q en termino de 5 dias se resuleva "algo" uds tienen q checar personalmente el expediente bueno su esposa quien es quien tiene la personalidad y leer q dice al respecto para q entiendad mejor lo q quiere decir el juzgado al dar vista y respecto a la resolucion una vez checado el expediente y si aun tiene dudas acuda nuevamente all portal o bien su esposa puede ir con el juez y platicar al respecto



  • Autor
    Respuesta No: 237330

  • Aficionado81
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Gracias por la respuesta. Regularmente no hay respuesta tan pronta como uno quisiera en este foro pero ojala el administrador pudiera mejorar el servicio.

    El dia 23 de agosto salio publicado y creo hoy era el ultimo dia para ir a checar al juzgado. Creo ya no se podra checar el dato y nos ajustaremos a lo que se hizo.

    A partir de los 5 dias de vista cuando se podra solicitar el oficio para que se entregue a la empresa donde trabaja la persona embargada y no se si es posible se lo den a mi esposa para que ella agilice el tramite.



  • Autor
    Respuesta No: 237333

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    por supuesto q su esposa puede recoger el documento y aunq ya haya fenecido el termino de cualquier manera es bueno q esten involucrados en el expediente y lo q ahi se actuo o se esta actuando y asi estar al pendiente de cualquier omision en el q el abogado pudiera incurrir



  • Autor
    Respuesta No: 237343

  • Aficionado81
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Entonces le pedire a mi esposa vaya al juzgado para que cheque que lo se acordo este en la sentencia y si ya esta listo el oficio que lo gire ella misma por que no me dejara mentir que hasta para un sello las personas que trabajan en el juzgado quieren su propina y es muy injusto.

    El Magistrado Presidente Lic. Alberto Sosa Hernandez no deberia permitir ese tipo de abusos en cada juzgado que tiene a su cargo. Hay personas como mi familia que no tenemos $100 para dar en un juzgado por un documento que a los servidores publicos no les cuesta ni un centavo.

    Gracias y buen dia.



  • Autor
    Respuesta No: 237345

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    los del juzgado no tienen porq cobrar si esto ocurriera acuselos con el juez del juzgado ya q corren riesgo de perder el trabajo no se deje muchos abogados acostumbran a dar estas dadivas pero son loos menos ya q por lo general se trata de huzacheros o abogados q no saben y no se proecupan por aprender su oficio uds. no den nada al contrario acusenlos para q se les quite



  • Autor
    Respuesta No: 237731

  • Aficionado81
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Buen dia:

    Surgio un nuevo concepto en lista de Acuerdos pero no se que signifique. Ojala puedan explicarme por favor:

    Ahora dice en Resolucion: Auto y en Síntesis:  Agregar perimento.

    Saben que significa el término y si es bueno dejar que se corra el proceso sin presentarse el abogado a validar datos. Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 237743

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    BUENAS TARDES:

     Si tienen duda de los trabajos realizados por su abogado,  acudan y pidan que se les permita tanto ver el expediente como sacar copias del mismo en lo economico y llevenlo ante el defensor de oficio, para que interpete y les diga que esta pasando, este es un servicio que no tiene BOLA DE CRISTAL, port tanto, todo lo que digas no tiene ningun valor o efecto, tu abogado debe explicarte que es lo que pasa y si el no intervieen, es porque sabe que esta haciendo.

    JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.

    ABOGADO

    Kokoduro1   arroba  h o t   m a i l   punto   c o m

    Espero sus correos, le daré respuesta a todos.



  • Autor
    Respuesta No: 238019

  • Aficionado81
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Buen dia:

    Me quede con la misma duda y ojala solo pueda comentarme que significa "Agregar perimento" o pedimento en la parte final de un proceso de pension alimentos.

    Saludos.



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