Estado de Referencia: Distrito Federal
Mi madre tenía un crédito automotriz con CONAUTO, del que yo soy beneficiario. Ella falleció en la treceava mensualidad, misma que pagué yo por consejo de la ejecutiva de esa empresa que atendió mi caso. Según una carta que me enviaron por correo-e, no aplica el pago del seguro de vida, por lo que el Depto. de Cobranza de CONAUTO me comunica que yo debo seguir pagando las mensualidades o regresar el automóvil. Pregunté si al hacerme responsable de los pagos, CONAUTO haría una especie de endoso para que el crédito se pase a mi nombre, pero la respuesta fué negativa, lo que me hace preguntarme ¿cuál será mi garantía de que al finalizar los pagos la factura del vehículo me será entregada a mí? ¿en caso de que por alguna razón requiera acreditar la propiedad del vehículo (multas de tránsito, etc.), cuál documento me amparará, ya que la titular del crédito ha fallecido?
Edgar Pérez Ávila