Estado de Referencia: Guanajuato
En una adjudicación testametaria, se hace la adjudicación en una sola escritura, al momento de pasar las traslaciones se hace la deducción por cada traslado aunque este consignado en la misma escritura, o se suma el total de las propiedades y se hace una sola deducción, si el fundamento legal dice lo siguiente:
art. 182. La reducción a que se refiere el articulo anterior, se otorgara por unidad u operación. Las adquisiciones sobre bienes colindantes o sobre parte de los adquiridos o poseidos, que realice el mismo adquirente dentro del termino de dos años no gozaran de esta reducción.