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FINIQUITO

  • Consulta : 208064
  • Autor : sofy_marivipe03_NR
  • Publicado : Miércoles 11 de Septiembre de 2013 10:50 desde la IP: 201.166.149.134
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,107
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  • Autor
    Consulta

  • sofy_marivipe03_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Hidalgo

    Buen día:

     

    Tengo un trabajador de nuevo ingreso pero antes de cumplir el mes renuncia, estubo trabajando unicamente dos semanas mi pregunta es

    Tengo la obligación de pagarle  finiquito ? ya que como le mencion unicamente estubo dos semanas trabajando de las cuales falto un día.

     

    Gracias y saludos

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 325626

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Si, usted debe pagarle las partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo por las dos semanas que le prestó sus servicios.

    Además, es recomendable que el finiquito correspondiente, se lo pague en la Junta de conciliación y Arbitraje a efecto que en convenio respectivo se establezca que él renunció voluntariamente al trabajo.

    Asistase de un abogado especialista en materia laboral; no un estudiante o pasante, y menos un coyote.



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