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FINIQUITO
- Consulta : 208064
- Autor : sofy_marivipe03_NR
- Publicado : Miércoles 11 de Septiembre de 2013 10:50 desde la IP: 201.166.149.134
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,107
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 11 de Septiembre de 2013
Estado de Referencia: Hidalgo
Buen día:
Tengo un trabajador de nuevo ingreso pero antes de cumplir el mes renuncia, estubo trabajando unicamente dos semanas mi pregunta es
Tengo la obligación de pagarle finiquito ? ya que como le mencion unicamente estubo dos semanas trabajando de las cuales falto un día.
Gracias y saludos
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 325626
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Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Septiembre de 2013 11:30 2013-09-11 11:30 desde IP: 187.162.210.121
En respuesta a su consulta, le informo.
Si, usted debe pagarle las partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo por las dos semanas que le prestó sus servicios.
Además, es recomendable que el finiquito correspondiente, se lo pague en la Junta de conciliación y Arbitraje a efecto que en convenio respectivo se establezca que él renunció voluntariamente al trabajo.
Asistase de un abogado especialista en materia laboral; no un estudiante o pasante, y menos un coyote.
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