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JUICIO EXTRAORDINARIO DE DESOCUPACIóN

  • Consulta : 263616
  • Autor : isaabaid_NR
  • Publicado : Jueves 23 de Abril de 2015 01:44 desde la IP: 187.137.52.49
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,113
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  • Autor
    Consulta

  • isaabaid_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: San Luís Potosí

    Mi padre rentó un local comercial durante muchos años, ahora como única heredera, albacea de su testamento y por así convenir a mis intereses, he pedido al arrendatario de dicho local la desocupación del mismo. Anteriormente y en reiteradas ocasiones le propuse al arrendatario celebrar un nuevo contrato y se negó a hacerlo. Incluso me comentó que dado el tiempo que tiene ocupando el local, podría "actuar de otra manera".

    Ya he consultado a un abogado y me señala que no tiene derecho alguno sobre la propiedad y que la "antiguedad" por así decirlo como arrendatario, la perdió al momento del fallecimiento de mi padre, me propone el abogado iniciar un procedimiento por Jurisdicción Voluntaria para pedir la desocupación del inmueble. Mi duda y consulta es la siguiente, ¿es necesario iniciar éste procedimiento o se puede iniciar directamente un juicio de desocupación? Cabe señalar que el arrendatario está al corriente con los pagos, sin embargo, tiene el local en un estado deplorable y construyó sin autorización un anexo en la parte trasera de la propiedad que utiliza también como local comercial.

    De antemano gracias por toda la ayuda y asesoría que puedan brindarme.

     

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