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MANUTENCION

  • Consulta : 111807
  • Autor : ximena13
  • Publicado : Viernes 06 de Mayo de 2011 12:59 desde la IP: 200.38.152.242
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,109
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  • Autor
    Consulta

  • ximena13
    USUARIO REGISTRADO

    Hola yo tengo 2 meses separada del papa de mi niña, el no esta trabajando por lo que no mantiene a mi niña, de hecho nunca se a hecho cargo de ella ni en el embarazo, cuando yo me separe de el yo me lleve su carro para poder mover a mi niña con la persona que me la cuida. Haora el me quiere quitar el carro, yo le digo que si no me ayuda con dinero minimo me ayude con el carro, yo no pretendo quedarme con el en cuanto el empieze atrabajar y a mantener a la niña le devuelvo su carro pero no quiere entender... que puedo hacer??? que es lo mas recomendable puedo ampararme demandar o que es lo que puedo hacer?? de ante mano gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 222273

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    pra empezqr por lo q comenta no se caso con el sr. solo estuvieron en concubinato, el carro es del sr. y si no entiende pues hagalo q entienda pero par esto el sr. reconocio al niño? caso contrario tiene doa opciones:

    1.- demandar via civil la pension alimenticia

    2.- denunciar el incumplimiento las obligaciones alimentar

    en cualquier caso necesita un abogado para q le apoye con los tramites legales busque un abogado defensor de oficio para q no le cueste nada los tramites legles

    en cuanto al vehiculo puede embargarlo como garantia de la pension alimenticia pero....tendra q devolverlo porq si el sr. se asesora puede denunciar el robo de su vehiculo





  • Autor
    Respuesta No: 222862

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    entonces sra. manos a la obra ya q tiene acceso al internet busque el domiocilio de la defensoria de oficio de su localidad y lleve con ud. el acta de nacimiento de su bb e inicie los tramites de pension alimenticia puede hacerlo por las dos vias simultaneamente o iniciar la via civil primero y despues la penal ud. tiene el sarten por el mando solo tiene q decidirse a obligar al sr. a hacerse responsable y q cumpla con sus obligaciones



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