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ETAPA DE INSTRUCCION
- Consulta : 159423
- Autor : nr_NR
- Publicado : Lunes 09 de Julio de 2012 15:32 desde la IP: 187.135.180.216
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,123
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 09 de Julio de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 273916
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Fecha de respuesta: Lunes 09 de Julio de 2012 18:48 2012-07-09 18:48 desde IP: 187.194.30.248
Son acrtos independientes, si no se hizo uso del derecho a formar parte de la instrucciòn, ha precluido su derecho y por ende, si el amparo le deviene en contra, ya no sera procdesado, ese termino ya se fue, y procederan a dar la sentencia casi de inmediato, y por ende, repitiendo lo que dice el auto de formal prision, contra el mismo, no prosperara una apelaciòn o un amparo, lo perdiron todo por no hacer uso de un derecho.
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Autor
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AutorRespuesta No: 273927
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Fecha de respuesta: Lunes 09 de Julio de 2012 19:36 2012-07-09 19:36 desde IP: 187.158.125.118
Al consultante
Le informo que efectivamente el periodo de instrucción se cierra y se continúa con el período propiamente de juicio en el cual se desahogan las pruebas ofrecidas dentro del término concedido para este efecto. Agotadas las pruebas se pasará a la formulación de conclusiones PERO NO PODRÁ DICTARSE SENTENCIA HASTA EN TANTO NO SE RESUELVA POR EL JUEZ FEDERAL sobre el juicio de amparo promovido en contra del auto de formal prisión.
Saludos muy cordiales.
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