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DIVORCIO Y SOLICITUD DE PATRIA POTESTAD
- Consulta : 278719
- Autor : vese10_NR
- Publicado : Lunes 28 de Diciembre de 2015 10:38 desde la IP: 200.76.108.22
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,116
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 28 de Diciembre de 2015
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buen día. ojala puedan ayudarme con mi consulta, resulta que hace 10 años me encontraba en una relación (casada por lo civil) y tuve una niña, en ese entonces ella tenia 2 años, pero hubo abandono de hogar por parte de su papá (levante acta en la delegación), desde ese entonces el no la a buscado para nada ni aportado un solo centavo, después me junte con otra persona que me acepto con mi niña y llevamos ya casi 9 años juntos en los cuales tuvimos una niña, mi pregunta es la siguiente, como puedo proceder para llevar a cabo mi divorcio, no me interesa la pensión pues afortunadamente la persona con la que me encuentro actualmente se hace cargo de mi hija y no he tenido problemas con el en ese aspecto, el la ve como su hija; y de hecho queremos saber que podemos hacer para que en algún momento se pueda cambiar el apellido ya que su padre biológico no tiene interés alguno con ella, pues durante 10 años no se a hecho cargo, como podemos hacer o que tramite se debe iniciar para obtener o que su padre biologico este de acuerdo en la adopcion legal de parte de la persona que la ha criado durante estos años. La niña ya tiene 12 años y nos ha externado esa situacion, es decir quiere llevar el apellido de su padrastro. -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 386865
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Fecha de respuesta: Lunes 28 de Diciembre de 2015 13:03 2015-12-28 13:03 desde IP: 189.235.40.5
Estimada Consultante Tras dar lectura a su consulta le explico mire, hay que tomar en cuenta que Usted aun sigue casada con su esposo pese a que el las dejo a usted y a su hija ok y el hombre que pretende adoptar a su hija es su amante ok, Considero Usted tuvo que demandar el divorcio a su aun esposo ANTES de entablar una nueva relacion sentimental, pues usted al no disolver el matrimonio y tener una hija con un hombre ajeno a su esposo eso se llama adulterio ok, ahora bien, y para que su amante pueda adoptar usted le tiene que ganar en juicio a su esposo tanto la perdida de guarda y custodia y perdida de patria potestad sin dejar de mencionar que el adulterio antes usado lo puede usar su esposo para argumentar en su defensa que usted constituye mal ejemplo para su hija y puede que le pelee juicio tambien ambas prestaciones respecto a su hija ok
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Autor
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AutorRespuesta No: 386874
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Fecha de respuesta: Lunes 28 de Diciembre de 2015 18:37 2015-12-28 18:37 desde IP: 177.245.234.199
Buenas tardes. Demanda el divorcio, la guarda y custodia de tu hija y la pérdida de la patria potestad en contra de tu todavia esposo. este Tramite se lleva en los Juzgados de lo Familiar en el D.F. El apellido es muy dificil cambiarlo ya que es un derecho para los menores de edad. Y como lo comentas, si en 10 años no se ha hecho cargo, no creo que a estas alturas le interese un pleito. Si gustas te puedo proporcionar el numero de una abogada en el DF., que te puede asesorar mas en relacion a tu pregunta.
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Autor
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AutorRespuesta No: 386876
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Fecha de respuesta: Lunes 28 de Diciembre de 2015 19:21 2015-12-28 19:21 desde IP: 189.235.40.5
Consultante Tiene razon la Lic Eli Vazquez tambien puede Usted demandar a su esposo el divorcio
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AutorRespuesta No: 386915
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Fecha de respuesta: Miércoles 30 de Diciembre de 2015 14:10 2015-12-30 14:10 desde IP: 189.217.46.187
En el Distrito Federal existe la figura de divorcio incausado, de ahí que ya no sea necesario probar el abandono de hogar, por lo que puede demandar a su esposo el divorcio, paralelamente debe ingresar proyecto de convenio de pensión alimenticia, guarda y custodia de la menor hija
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AutorRespuesta No: 386936
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Fecha de respuesta: Sábado 02 de Enero de 2016 00:32 2016-01-02 00:32 desde IP: 187.187.97.109
Saludos Lo indicado es en su caso solicitar el divorcio, guarda y custodia y una pensión alimenticia, además de la pérdida de la patria potestad. Después de ganar en juicio la pérdida de la patria potestad, es posible una adopción por parte de su nueva pareja. complicado pero factible. Para Mas información póngase en contacto con nosotros 55 71 45 12 26. LIC. Jesús Rosales
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