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PAGO DE INCIDENCIAS
- Consulta : 141759
- Autor : polo300_NR
- Publicado : Martes 13 de Marzo de 2012 11:04 desde la IP: 189.194.38.150
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,102
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 13 de Marzo de 2012
Estado de Referencia: Nayarit
Inicie un juicio desde el 2007 y estamos a martes trece de marzo del 2012, para recuperar una propiedad y con medios preparatorios se demostró el comodato de préstamo y se pedía inicialmente el pago de gastos y costas, fueron sentenciados a entrega y desocupación pero apelaron, les fue negado, se ampararon y el fallo después de el año fue a mi favor se volvieron a amparar y se sobreseyó y me dieron el fallo a mi favor, se solicito el cumplimiento de la sentencia a la entrega y se negaron y por acá en Nayarit para desalojar hay que conseguir bodega pagar la renta, pagar mudanza, fuerza pública, cerrajero, y el pago al notario ejecutor, les quedaba el desalojo y finalmente después de 6 años entregaron pero en mal estado y el secretario ejecutor da fe del mal estado del inmueble, y obra en el acta de posesión y en base de ello se presenta la incidencia para reclamar el pago de gastos y costas así como mejoras y accesiones como aparece en actas y la juez al presentar el documento para reparar el aplanado y reparación de ventanerias y con recibos de honorarios no los acepta y niega la reparación de los daños no acepta los recibos de mi abogado.
Los demandados tienen o tenían una propiedad en donde meterse pero esperaban que falleciera y poderse quedar con la casa. Y solo por capricho hacerme gastar y yo invirtiendo, gastando y esperando, para poder recuperar mi propiedad y me la entregan toda dañada; después de vivir en la propiedad sin pagar nada de renta por espacio de 30 años.
¿Es correcto esto?
¿Dónde queda el juicio del juez al valorar el tiempo y el abuso de los inculpados además del mal estado de la entrega de la propiedad?
Y la juez es maestra en derecho; ¿así dará las clases en este estado de Nayarit a no contemplar todo el contenido del expediente?
Pero coincide en cercanía del “día de la mujer” el fallo
O, ¿aquí se verá en el fallo favoritismo a la parte demandada que conoce a ciertos políticos o magistrados?
Pienso dar esta historia a un periódico local o en internet y se conozca algo parecido a la película PRESUNTO CULPABLE ¿qué me puede pasar? ¿Podrá servir como clase? a los futuros licenciados a contemplar como fallan Sus maestros jueces y si deben pedir en cualquier juicio además de gastos y costas, daños y perjuicios y o también, mas lo que resulte o se desprenda del juicio. Porque como lo siento es que no deba hacerse especialidad y por ende deban cobrar en base un ley de arancel y que deban tener los licenciados una tarifa visible en sus oficinas y apegarse a ello para después cobrar gastos y costas, y si quiero calidad no buscare defensores de oficio sino quien tenga especialidad y haya tomado actualizaciones y cursos y por ello el costo de sus servicios.
¿Y CUANDO A ESTA JUEZ TENGA UN ASUNTO IGUAL SOLO CONSEGUIRA GASTOS Y COSTAS O LE COBRARA HASTA LA RISA?
EL PRINCIPIO UNIVERSAL, ES QUE NADIE POR ENCIMA DE LA LEY Y QUE PARA TODOS SEA IGUAL
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AutorConsulta
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