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PENSIóN IMSS CESANTIA O EDAD AVANZADA, ASALARIADO Y TRABAJADOR INDEPENDIENTE

  • Consulta : 139711
  • Autor : bibicurvy_NR
  • Publicado : Jueves 23 de Febrero de 2012 19:14 desde la IP: 187.133.221.202
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,105
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  • Autor
    Consulta

  • bibicurvy_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco


    ¡Hola! Esta pregunta es referente a pensión IMSS por retiro.

    IMSS acaba de enviarme mi Reporte Informativo de Semanas Cotizadas. Tengo 350.

    Empecé a cotizar antes de julio 1997 por lo tanto tengo derecho a escoger entre ley 1997 o 1973 para mi pensión (1250 o 500 semanas cotizadas)

    Mi problema es el siguiente:

    Mi último trabajo en nómina fue en febrero 2008, 4 semanas cotizadas. El trabajo anterior fue de julio 1996 a febrero 1997, 30 semanas.

    Las demás semanas fueron en años anteriores a 1996.

    Yo he trabajado la mayoría del tiempo como traductora independiente y como no sabía de lo de las pensiones IMSS por ley 1973, nunca se me ocurrió cotizar como trabajador independiente para así aumentar mis semanas y llegar a tener derecho a una pensión al llegar a los 60.

    MIS PREGUNTAS (espero porfis me conteste gente que realmente quiera ayudarme y no venderme un servicio de asesoría)

    1) Si quiero continuar acumulando semanas para tener derecho a una futura pensión al acumular 500 semanas, y además tener seguro de salud DE INMEDIATO, el único modo es volviendo a tener un trabajo de nómina  (¿Ccmo trabajador asalariado?) ó:

    2) ¿Puedo continuar acumulando semanas para tener derecho a una futura pensión al acumular 500 semanas y además tener derecho INMEDIATO a seguro de salud,  inscribiéndome voluntariamente al régimen obligatorio, como trabajador independiente? Por cierto leí que la base para cotizar el cobro de esta modalidad es un único pago anual anticipado de alrededor de 7 mil pesos, pero lo que no sé es cuánto representaría esto en salario base de cotización diario, para efecto de cálculo mediante tablas de Ley 1973, y cómo acumulan aquí las semanas si el pago es anual (¿Tienen que transcurrir las semanas de todos modos?).

    3) Ni siquiera tengo AFORE todavía --ya lo verifiqué en consar.gob--, ¿Si vuelvo a trabajar como trabajador asalariado por más de 4 semanas, me van a OBLIGAR a afiliarme a alguna, aunque yo no quiera ni firme nada permitiéndolo?

    En resumen, lo que quiero es EVITAR la incsripción a la Continuacion al Regimen Obligatorio, ya que requieren lo siguiente "Puede solicitarlo, el asegurado que sea dado de baja del Régimen Obligatorio, con un mínimo de cincuenta y dos cotizaciones semanales en los últimos cinco años" Y YO NO TENGO ESAS 52 SEMANAS requeridas,  además de que se me dio de baja en marzo de 2008, y a mi me sería más fácil acumular semanas omo trabajador independiente que como trabajador asalariado. Y además la verdad no me gusta eso de las Afores, cuando llegue el día prefiero solicitar mi pensión directamente al IMSS mediante la forma IMSS-01-002 y no tener de intermediario a una AFORE o una companía aseguradora.

    DISCULPEN QUE ME ALARGUÉ TANTO, PERO NO QUISE BRINCARME DETALLES, ¡OJALA HAYA GENTE LINDA DE BUENA FE QUE QUIERA AYUDARME CON SU VALIOSO CONOCIMIENTO!

    ATTE

    BIBIANA G.

     

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