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PAGO RETROACTIVO DE PENSIóN ALIMENTICIA
- Consulta : 239806
- Autor : diamont_woman_NR
- Publicado : Martes 26 de Agosto de 2014 16:27 desde la IP: 189.204.116.82
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,117
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 26 de Agosto de 2014
Estado de Referencia: Estado de México
Hola
Hace tres años me divorcie, tengo una hija de 7 años, en la sentencia se establecio entre otras cosas la pensión alimenticia para la menor, se fijo un porcentaje de 35% y en caso de terminar la relación laboral de esta persona tendría que aportar un salario minimo, lleve el oficio a la empresa donde supuestamente trabajaba y lo rechazaron alegando que ya no trabajaba allí, y desde entonces no me ha realizado ningun pago, ¿hay manera de que se me pague este retroactivo? ¿me conviene más iniciar un proceso por la vía civil o penal? Agradecere su respuesta
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 363937
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Fecha de respuesta: Martes 26 de Agosto de 2014 16:35 2014-08-26 16:35 desde IP: 189.234.166.90
mientras no se le haya descontado... mientras no se le haya notificado el descuento de la ministración de pensiones por descuento en nomina... no puedes tener derecho a lo que tu llamas pensiones caidas... devengadas... atrasadas... en deuda... retroactivas... o como les quieras llamar... ya empesaste un proceso... no puedes mutar o mudar a otro... sin haber resuelto el que ya promoviste...
tu abogado... sabe que hay que regresar el oficio de descuento al juez que lo emitió... señalando eso... quen no lo reciben... no que ya no trabaja... para pedirle que por medio de actuario... se haga llegar y levante la constancia el actuario de que ya no trabaja ahi... y los obligue a recibirlo y a que rindan el informe.... con ese informe ... ya puedes inciiar la acción penal por el probable delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar...
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