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INCIDENTE DE OPOSICIóN EN JJUICIO INTESTAMENTARIO

  • Consulta : 281278
  • Autor : renebel56
  • Publicado : Lunes 17 de Octubre de 2016 12:52 desde la IP: 189.196.88.120
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,109
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  • Autor
    Consulta

  • renebel56
    USUARIO REGISTRADO

    Buenos días, envío la siguiente consulta para ver si pueden orientarme: Soy albacea en un juicio sucesorio intestamentario, el detalle es que somos dos familias, es un caso que ya lleva 17 años y no hay para cuando terminar, de hecho ya hemos tenido 4 abogados y los tres primeros se han retirado debido a que la otra familia a todo le pone objeción, de igual manera le hago el comentario que conmigo es el cuarto albacea que se nombra, el detalle es que presente el escrito de rendición de cuentas del ejercicio 2015, y la otra familia presento un incidente de oposición, debido a que no esta de acuerdo, ya que manifiestan que falta se integre una cantidad que ya fue autorizada por el C. Juez y realizada la distribución de bienes a cada uno de los herederos, en el ejercicio del 2014, en la cual fungía otra persona como albacea, en mi escrito de contestación al incidente, les manifiesto que esto ya fue solventado y que no tiene razón de ser, pidiendo al C. Juez se desestime el incidente, lo cual no se dio, y me citan a una audiencia el viernes próximo pasado, para que solventara las pruebas que ellos ofrecieron, que es un contrato de arrendamiento de uno de los bienes que se encuentran inscritos dentro de la masa hereditaria, pero el contrato es del año 2014, me presento ante el juzgado sin mi abogado, ya que he tenido algunos problemas debido a que el tiene otro trabajo aparte de litigar y es medio difícil encontrarlo, motivo por el cual les elevo esta consulta, al momento de presentarme el secretario me pregunta por mi abogado, a lo cual yo le respondo que en el oficio de citación me dicen que yo debo solventarlo sin apoderado legal, lo cual me dice el secretario que eso es solamente para el desahogo de la prueba, que por el otro lado debo contar con la presencia de mi abogado para que ratifique el escrito y que presente los alegatos, así como el pliego de posiciones, el detalle es que por la otra parte tampoco se presento el abogado, solo se presento una de las herederas, por lo que no se llevo a cabo la audiencia posponiéndose para otra fecha, pero como les comento mi abogado es un poco difícil, que debo hacer en caso de no localizarlo? ya que el secretario nos advirtió a las dos partes que debemos contar con el abogado sino se definirá de acuerdo a derecho y habrá sanción, de ahí mi duda que sanción me pueden aplicar, ya que en lo referente al contrato que ellos presentan yo tengo la evidencia del albacea anterior donde presentó y fue recibido el depósito y distribución de la cantidad que ellos alegan. Sin otro particular, agradeceré infinitamente la orientación que me puedan prestar. Saludos.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 391466

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    q parte de... "debo contar con la presencia de mi abogado para que ratifique el escrito y que presente los alegatos, así como el pliego de posiciones..." ... tiene que ir tu abogado... y te multaran... estas apercibido... busca otro abogado... y que presente su escrito de personalidad... revocando al anterior y solicitando su reconocimiento... tu legitimidad te permite hacer esos actos... tu acvtal abogado ...sabe que hacer... muevete...





  • Autor
    Respuesta No: 391480

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    renebel56:

    Por ahorrarse unos centavos usted está abocado para gastar muchos pesos, y no me responda que estoy equivocado, porque la experiencia me ha enseñado que si usted tiene un abogado que cuenta con otro trabajo, es porque dicho abogado labora para un patrón y ejerce la abogacía para ganarse un dinero extra, o peor aún, se trata de un abogado que labora para el sistema de imparición de justicia o el Ministerio Público y falta a las audiencias para evitar ser descubierto que ejerce ilegalmente.

    Desde luego que la inasistencia de los abogados en modo alguno debe tenerse como causal para diferir la audiencia para fecha posterior, pues en todo caso si nadie le articuló posiciones, entonces el juez debió decretar la deserción de la prueba por demostrada falta de interés jurídico del oferente para desahogarla, es decir, el juzgador debió ordenar que esa prueba de posiciones se dejara de recibir.

    En otras palabras, si el promovente del incidente dejó de presentar su pliego de posiciones, se le debió imponer la sanción de que ya no se recibiera esa prueba confesional, pero usted sabrá qué hará con su abogado que le está cobrando pero nda hace de su trabajo.





  • Autor
    Respuesta No: 391503

  • renebel56
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    gracias por su respuesta y asesoría, para nada es amigo y me lo dejaron de herencia al recibir el cargo de albaceazgo, pero el día siguiendo el consejo de garovalo, me puse en contacto con otro abogado para que me lleve el caso. saludos y gracias.



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