Estado de Referencia: Distrito Federal
Muy buenos días.
Quisiéra saber qué podría hacer la compañía vendedora en este caso.
La compañía vendedora establecida en Turquía sin sucursal en México acordó vender un producto tangible a una empresa en México. La empresa en México pagó el 30% del monto acordado como adelanto. Una vez que llegó el producto a México, la empresa mexicana se rehusa a pagar porque dice estar en quiebra, nosotros sospechamos que no lo está.
¿Qué podríamos hacer para recuperar el producto en caso de quiebra o en caso de que efectivamente simplemente se rehuse a pagar el 70% restante?
Muchas gracias por su Ayuda
Saludos