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AMPARO DAP

  • Consulta : 187325
  • Autor : iron
  • Publicado : Martes 19 de Febrero de 2013 13:59 desde la IP: 187.144.52.228
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,103
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  • Autor
    Consulta

  • iron
    ESTUDIANTE

    Buen dia abogados, tengo una pequeña duda, acerca del recibo de luz.

    1.- Mas que nada es para aquellos que son emitidos con el periodo de consumo Diciembre - Enero, este recibo viene, estableciendonos en el supuesto de que  el mes de Diciembre es del año 2012 y Enero es del 2013, lo correspondiente a Enero, viene conforme al ejercicio fiscal 2012 o viene al del 2013, si fuera este ultimo punto el caso, entonces seria como el primer acto de aplicacion, o es entonces  que el recibo de Febrero y Marzo, seria el del primer acto de aplicacion?

    2.- Se puede sustituir la demanda inicial? o solo se puede ampliar, dando mayor especificacion de ciertos apartados.

     

    De ante mano, gracias.

     

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