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YA ESTA LA SENTENCIA DE EMBARGO PARA MI CASA
- Consulta : 283837
- Autor : mendoza.vicente33_NR
- Publicado : Martes 20 de Febrero de 2018 16:02 desde la IP: 189.133.143.12
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,115
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 20 de Febrero de 2018
Estado de Referencia: Estado de México
Buenas tardes me podrian ayudar en este tema debo 130,000 pesos por un prestamo que me hizo una persona me llego una notificacion dando sentencia definitiva para el embargo que procedera el dia 22 de febrero del 2018, por favor que puedo hacer para defenderme ante esta situacion, espero y me puedan ayudar muchas gracias. -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 397313
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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Febrero de 2018 12:51 2018-02-21 12:51 desde IP: 187.152.239.117
EN PRIMER LUGAR NO HAY SENTENCIA DEFINITIVA PARA EL EMBARGO, PRIMERO TE TIENEN QUE DEMANDAR Y LLEGAR A EMBARGARTE EN ESE MISMO MOMENTO SI ES QUE NO PAGAS
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Autor
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AutorRespuesta No: 397323
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Fecha de respuesta: Jueves 22 de Febrero de 2018 12:54 2018-02-22 12:54 desde IP: 189.180.235.167
no se te entiende en lo mas minimo... ya se llevo a cabo el juicio ejecutivo mercantil o es un juicio hipotecario?
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Autor
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AutorRespuesta No: 397324
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Fecha de respuesta: Jueves 22 de Febrero de 2018 13:59 2018-02-22 13:59 desde IP: 189.242.33.201
Pues mira, deja explicarte...... En un juicio Ejecutivo Mercantil, primero el actuario del juzgado llega y te requiere el pago del monto del pagaré con sus respectivos intereses, si no pagas en ese momento o niegas el adeudo. El actuario procede a solicitarte a que señales bienes muebles o inmuebles de tu propiedad suficientes para trabar el ambargo de estos, en tratándose de muebles estos serán puestos a resguardo de quien señale el actor bajo su más estricta responsabilidad. Si tu te niegas a señalar el bien o los bienes, entonces tendrá derecho el actor en ese momento de señalar los bienes por ti. Una vez trabado el formal embargo de las cosas, entonces y luego entonces se te notificará y se te correrá traslado de la demanda ejecutivo mercantil, y todo lo que te puesdas defender tendrá que ser posterior al embargo y dentro del juicio. Lo más probable es que a ti te haya llegado un documento de algún despacho de cobranza, donde los pseudos abogados que lo realizan tuercen la Ley a manera de que te sientas intimidado y pagues, sin necesidad de que ellos trabajen tramitando un juicio que dura varios meses y a veces años. Aún así, debes de consultar con un abogado y mostrarles el documento que te llegó, tu abogado te dirá que postura debes de tener ante una diligencia de embargo para que se tenga elementos para poderte defender en juicio.
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AutorRespuesta No: 397347
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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Febrero de 2018 23:15 2018-02-28 23:15 desde IP: 189.216.206.217
Buenas noches, mire no existe sentencia de embargo,lo primero que le tendrian que ntificar es una demanda si usted garantizo el adeudo con pagares seria una demanda ejecutivo mercantil, en donde lo van a emplazar a juicio y en ese momento le van a embargar, le conceden un termino para contestar la demanda y es un proceso que puede durar 6 meses aprox. sino paga o se defiende bien los bienes embargados saldrian a remate, y asi es como se debe llevar el procedimiento dependiendo de lo que usted hubiese firmado. Si tiene alguna duda me encuentro en la CDMX dejo mis telef. 5536198407 Monica Delgado
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