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CUANTAS VECES?
- Consulta : 145341
- Autor : casemo1957_NR
- Publicado : Domingo 08 de Abril de 2012 12:09 desde la IP: 189.149.70.190
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,113
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 08 de Abril de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 261206
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Fecha de respuesta: Domingo 08 de Abril de 2012 14:31 2012-04-08 14:31 desde IP: 189.228.81.26
Para que puedas proceder por la vía penal debe de cuadrar en el tipo penal del delito: "Al que se coloque en estado de insolvencia fraudulentamente en perjuicio de sus acreedores" es decir no porque el Juez lo declare insolvente podrá prosperar tu acción penal, sino que debes de acreditar que fraudulentamente se ha colocado en esa posición, lo puedes acreditar??? De ser afirmativo, pues Adelante!!!
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AutorRespuesta No: 261218
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Fecha de respuesta: Domingo 08 de Abril de 2012 16:43 2012-04-08 16:43 desde IP: 187.194.29.164
1... antes de obligarse... no tenia nada...
2... despues de obligarse... se ha deshecho de sus bienes con la finaliada de no pagar...
solo asi...
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