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COMO PUEDO REJISTRAR LOS HIJOS DE MI NUEVA ESPOSA
- Consulta : 112060
- Autor : iret
- Publicado : Lunes 09 de Mayo de 2011 03:22 desde la IP: 189.183.131.122
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,112
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 09 de Mayo de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 222630
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Fecha de respuesta: Lunes 09 de Mayo de 2011 09:28 2011-05-09 09:28 desde IP: 189.139.131.130
aunq los padres esten de acuerdo en perder la patria potestad esta es irrenunciable y si no ha dado nada ess poqr algunos hombres necsitan ser obligados a cumplir y su esposa no ha querido obligar al padre a q cumpla con sus obligtaciones ya q tiene tanto la via penal como la via civil para hacerlo q cumplacon esa obligacion, por otra parte si puede perder la patria potestad por no orotgar alimentos pero cuando el sr. asi lo quiera puede recvuperar la patria potestad, swolo si se pierde la patria potestad por otras razones q estan contenidas en el codigo civil entonces no podria recurperarla y aqui si procederia q ud. adoptara a los menores y con una adopcion plena pueden cambiarle los apellidos tambien imp,ica claro hacer tooooodo el tramite para hacer las anotaciones correspondientes en sus certificados de preescolar, primaria , cartillas de vacunacion, curp etc etc
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