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SANCION AL PATRON POR NO RETENER UNA PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 158908
- Autor : rsd_NR
- Publicado : Jueves 05 de Julio de 2012 15:06 desde la IP: 189.134.92.195
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,111
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 05 de Julio de 2012
Estado de Referencia: Estado de México
En mi empresa, realizamos una sustitucion patronal. La orden de retención de una pensión llego para la empresa sustituida y en cumplimiento a retener esta pension, emiti un escrito al juez para acreditar en mi nueva empresa a responsabilidad de esta retención.
Como el trabajador no esta de acuerdo en que se le retenga dicha pensión, amenaza con demandar a la empresa sustituta porque a esta no le ha llegado la orden del Juez para hacer la retención de la pensión.
Mi patron decidió suspender esta retención, en espera de que nos llegue el mandato del Juez a la nueva razón social.
Mi pregunta es: ¿Tenemos algún problema o sanción por esto?, ¿que fundamento me ampara o me permite continuar con las retenciones?
¿que pasa si no le retengo esta pensión a mi trabajador?
agradezco de antemano su pronta ayuda
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 273373
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Julio de 2012 15:11 2012-07-05 15:11 desde IP: 187.194.30.248
la nueva empresa no esta obligada a hacer la retensión...
si el oficio llego para "machos".... y ahora se llama "hembras"... hasta que el juez no pregunte si sigue trebajando en ese domicilio y si tiene prestaciones ... no hay razón 0ara hacer la retensión...
pero si sigue siendo el mismo patrron... con el mismo nombre... solo se sustituyo el ente fisico... no puede dejar de retener...
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