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PAGO DE DERECHOS DE AUTOR POR INSTITUCIONES DE ASISTENCIA PRIVADA

  • Consulta : 159675
  • Autor : alberto6868_NR
  • Publicado : Martes 10 de Julio de 2012 17:57 desde la IP: 187.188.151.112
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,109
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  • Autor
    Consulta

  • alberto6868_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco

    Hola a todos:

    La Ley Federal del Derecho de Autor y su Reglamento establecen que las personas físicas o morales deben pagar derechos de autor por la reproducción de música que se haga con fines de lucro directo o indirecto. En el caso de una Institución de Asistencia Privada que, per se, está constituida como tal, no persigue fines de lucro y es supervisada por un órgano de gobierno que verifica que no exista lucro, ¿existe la obligación de pagar a los productores de los fonogramas los derechos de autor? ¿Cuál sería el sustento jurídico? ¿Existe jurisprudencia sobre el tema?

    ¡Muchas gracias por su apoyo!

     

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