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INCAPACIDAD POR MATERNIDAD
- Consulta : 223163
- Autor : mayitopis_NR
- Publicado : Viernes 28 de Febrero de 2014 17:59 desde la IP: 200.95.170.205
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,115
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 28 de Febrero de 2014
Estado de Referencia: Tamaulipas
Buenas tardes yo tengo 28 semanas de embarazo soy trabajadora imss de contrato 08 en el area medica entre al imss en nov del 2010. En agosto del 2013 tuve un accidente automovilistico que me tuve que incapacitar 1 mes por enfermedad general y ahora que se acerca mi incapacidad por maternidad me decen que no se me va a pagar ya que no tengo los 12 meses anteriores completos con contrato. Los contratos del imss son cada 15 dias y pues me faltan dos por la incapacidad de un mes la cual si me pagaron porque cuando me accidente tenia contrato. Me accidente el 16 de agosto y entre a trabajar el 21 de septiembre. Esto es cierto o como puedo checar si lo que me dicen es legal??? -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 342284
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Fecha de respuesta: Sábado 01 de Marzo de 2014 10:10 2014-03-01 10:10 desde IP: 189.212.205.133
De conformidad con lo que previene el artículo 102, fracción I, de la Ley del Seguro Social, para que la asegurada tenga derecho al pago del subsidio por maternidad, solamente requiere que haya cubierto por lo menos treinta cotizaciones semanales en el período de doce meses anteriores a la fecha en que le sea expedido el certificado de incapacidad.
Por tanto, si sus contratos como trabajador eventual (contratación 08) han sido ininterrumpidos durante los últimos doce meses, usted tendrá derecho al pago de sus incapacidades pre y post natales, además, si durante el tiempo que estuvo incapacitada (infiero que fue por un accidente de trabajo o accidente en tránsito) usted contaba con un contrato de trabajo cuando sufrió el riesgo de trabajo, ese período de incapacidad debe considerarse como tiempo efectivamente laborado.
Consecuentemente, quien le haya informado que no tendrá derecho al pago del subsidio, lo ha hecho sin conocimiento de causa y sin saber que, en caso que le nieguen el pago de los certificados de incapacidad, used se encuentra en aptitud de demandar el Seguro Social por tal motivo, y que obtendrá un laudo favorable.
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