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TIEMPO PARA DEMANDAR LA NULIDAD DE ASAMBLEAS DE FORMALIDADES SIMPLES EN EJIDOS

  • Consulta : 252602
  • Autor : marmex77_NR
  • Publicado : Lunes 12 de Enero de 2015 13:57 desde la IP: 189.252.165.79
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,106
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  • Autor
    Consulta

  • marmex77_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Sonora

    Que termino se debe considerar para tener por perdido el derecho a demandar la nulidad  de aquellas asambles de formalidades simples ya que la ley Agraria no lo señala como si lo hace  en el Art. 61 para aquellas asambles donde se hayan asignado tierras.

     

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