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PRUEBA DOCUMENTAL PRIVADA
- Consulta : 221882
- Autor : andybebe24_NR
- Publicado : Lunes 17 de Febrero de 2014 12:14 desde la IP: 187.175.201.42
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,109
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 17 de Febrero de 2014
Estado de Referencia: Aguascalientes
hola buen dia alguien me puede ayudar me demandaron por uan deuda de 700,000 y mi seudo abogado no contesto la demanda, fui al juzgado y me dijeron que se habia abierto el periodo probatorio, quien me demanda solo en la demanda ofrecion que una prueba documental privada y una confesional expresa a que se refiere con eso no entiendo alguien me puede ayudar
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 340461
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Fecha de respuesta: Lunes 17 de Febrero de 2014 12:33 2014-02-17 12:33 desde IP: 189.212.205.133
Al haber dejado de contestar la demanda, al actor le basta, para obtener una sentencia que lo condene a usted a pagar lo reclamado, ofrecer la prueba documental privada, consistente en el instrumento en que consta la obligación adquirida por usted que dejó de cumplir (el que exhibió como documento fundatorio de su acción), y adicionalmente, la confesión expresa, es la que consiste en las posiciones (preguntas) que le serán articuladas (formuladas) a usted dentro de la dilación probatoria.
Es preferible que, en su caso, se acerque al demandante y busque llegar a un acuerdo con él para celebrar un convenio o transacción judicial, antes de que se dicte sentencia, para que pacte la forma en que podrá cubrir el adeudo otorgando las garantías correspondientes para el cumplimiento del mismo; si no lo hace, de cualquier forma en la sentencia lo van a condenar a pagar, pero no tendrá la oportunidad de negociar plazo para hacerlo.
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