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HIPOTECA. VENCIMIENTO PARA EJECUTARLA
- Consulta : 126137
- Autor : JJAVALOR
- Publicado : Lunes 26 de Septiembre de 2011 08:33 desde la IP: 189.229.44.118
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,113
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 26 de Septiembre de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 239935
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Fecha de respuesta: Lunes 26 de Septiembre de 2011 10:50 2011-09-26 10:50 desde IP: 189.249.49.81
Dependiendo del contenido del contrato de mutuo, ya que en algunos casos se señala que la hipoteca subsistirá aún diez años más después de la fecha de vencimiento del mismo.
En caso de no contener esa cláusula, remitete al capítulo de Prescripción Negativa del Código Civil de tu Estado o, en su caso, de donde se encuentre encuentra la hipoteca que comentas.
Saludos.
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