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PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 172473
- Autor : ruizlam_NR
- Publicado : Miércoles 10 de Octubre de 2012 10:42 desde la IP: 201.102.193.245
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,118
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 10 de Octubre de 2012
Estado de Referencia: Estado de México
Buenos Dias a quien corresponda tengo un hijo de 4 años su papá lo registro, pero nunca me ha ayudado con los gastos desde que nacio
ahora me dijo que no tiene trabajo pero yo quiero que cumpla con su responsabilidad ya que para subsistir yo trabajo 12 horas diarias para cubrir
gastos y lo dejo con su abuela el cursa el kinder y no puedo asistir a la juntas ni llevarlo a la escuela por que si falto en el trabajo me corren espero
que me puedan decir a donde acudir no tengo recursos, para que le de lo que le corresponde a mi hijo
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 288210
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Fecha de respuesta: Miércoles 10 de Octubre de 2012 10:47 2012-10-10 10:47 desde IP: 189.188.75.34
Acude directamente ante la Procuraduria de tu localidad para que interpongas una denuncia de caracter penal por el delito de incumplimiento en la obligacion de dar alimentos ya que el padre esta obligado a proporcionar de acuerdo a sus posibilidades un porcentaje de su salario para cubrir necesidades basicas de dicho menor; de seguro se puso en dicha condicion para no cumplir con ello, presenta la denuncia cuanto antes, no necesitas representacion legal para esto.
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AutorRespuesta No: 288227
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Fecha de respuesta: Miércoles 10 de Octubre de 2012 13:05 2012-10-10 13:05 desde IP: 189.234.197.138
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busca un abogado especialista en derecho familiar, no un “abogado”, no un “buen abogado”, un especialista en DERECHO FAMILIAR; …..Puedes también acudir a las universidades, del estado o privadas que tienen escuela de derecho, en el departamento de servicio social le asignaran un pasante que puede ayudarte a resolver tu asunto, puedes también acudir a un partido político, el que sea, ahí tienen SECRETARIA DE ACCION Y GESTION SOCIAL y ellos tienen abogados que se encargan de estos asuntos; puedes recurrir a los servicios profesionales y gratuitos de los DEFENSORES DE OFICIO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE TU ESTADO, o de otras dependencias de gobierno, o Instituciones como es el caso de los servicios gratuitos.- - - -
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