Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

PROCEDIMIENTO DE HUELGA

  • Consulta : 151993
  • Autor : eder123_NR
  • Publicado : Lunes 21 de Mayo de 2012 15:07 desde la IP: 187.143.192.116
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,107
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • eder123_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    Tengo dudas respecto a este tema, por ejemplo el art. 932 de la Ley Federal del Trabajo en su fracción IV dice que se dictará las medidas que juzgue convenientes para que pueda reanudarse el trabajo. es decir aquí habla de que esas medidas las tomará la junta, lo que no entiendo es cuáles son esas medidas. Otra es el art. 935 en su último parrafo dice que la junta podrá ordenar las diligencias que juzgue convenientes, esto se refiere a que la junta va a diligenciar o a revisar cuales son las areas de la empresa o establecimiento que deberan seguir funcionando mientras se suspenden las labores?

    Tengo otra duda en el art. 936 en el que dice que si los huelguistas se niegan a prestar los trabajos que se mencionan en el 935 y 466 el patrón podrá utilizar otros trabajadores y que la junta en caso necesario solicitara el auxilio de la fuerza pública para que puedan prestarse esos trabajos o servicios, yo le entiendo que si los huelguistas no quieren prestar esos trabajos el patrón utilizará otros, lo que no entiendo bien es que si la junta solicitará el auxilio de la fuerza pública se refiere a la policía para obligar a los trabajadores a que presten esos servicios, ¿estoy en lo correcto?

    y por último el art. 938 en su fracción III en su última parte referente a los exhortos que el presidente de la junta mande para su desahogo a la autoridad exhortada, se rfiere a otra junta de otro estado del país, no comprendo la parte de última que dice a la letra "Desahogados los exhortos, deberán devolverse dentro del mismo término de veinticuatro horas.

    Por favor asesorenme en esto, lo he analizado pero necesito que me digan si estoy bien.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión