Estado de Referencia: Baja California
mi pregunta es : 1.-que es el diferencial de retiro de issste y quienes tienen derecho a recibirlo¿
2.- se dice que segun la ley del issste no tenemos derecho a cambiar nuestro regimen de cuentas individuales a 10o. TRANSITORIO, SIN EMBARGO NO HUBO NINGUNA CLASE DE ORIENTACION, AL CONTRARIO MENTIRAS, SOBRE ESTO, YA QUE EN 2008, CUANDO FIRMAMOS POR CUAL HIBAMOS, SE DIJO INJUSTIFICADAMENTE QUE QUIENES TIENEN PENSION POR VIUDEZ, NO LES CONVENIA EL 10o. transitorio porque se quedaban con una sola pension ya sea la del esposo fallecido o la de la esposa que se esta jubilando. ( se puede hacer el cambio legalmente¿,
3.- es cierto que se debe tener una pension de $2,000,000.00 para poder tener pension¿ SI NO , NO REUNE REQUISITOS Y LE QUITAN SERVICIO MEDICO¿, LOS ADMINISTRATIVOS SOLO LLEGAMOS A 800,000.00 QUIZA $1,000.000.00 EN BAJA CALIFORNIA, ME PUEDEN ORIENTAR¿. LES AGRADEZCO SU RESPUESTA. y SI NO SE REUNEN LOS REQUISITOS SEGUN ISSSTE, EN QUE TERMINOS SE RETIRA LO QUE SE ENCUENTRA EN CUENTAS INDIVIDUALES¿. MUCHAS GRACIAS