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CUALES ON LO PERSICIONES Q ME TOCAN SI ME DESPIDEN

  • Consulta : 211384
  • Autor : rvalenzuelam76_NR
  • Publicado : Jueves 17 de Octubre de 2013 17:27 desde la IP: 187.176.196.190
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,108
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  • Autor
    Consulta

  • rvalenzuelam76_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Baja California

      cales son las perceciones que me tocan al despedirme   y cuantos dias por año    son los q me dan  

     

     

     si demnado a la empresa puedeo trabajar   mientra se resuelve la situacion 

     

    saludos

     

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  • Autor
    Respuesta No: 329420

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Si usted es despedido INJUSTIFICADAMENTE, tiene derecho al pago de las siguientes prestaciones:

    3 meses de salario integrado por concepto de indemnización constitucional;

    12 días de salario por cada año de servicios, por concepto de prima de antigüedad, prestación que se paga con un salario máximo equivalente a 2 veces el nínimo general del área geográfica en que se ubicó el centro de trabajo;

    Vacaciones y prima vacacional correspondientes al último año de servicios prestados;

    Aguinaldo proporcional al tiempo trabajado en el año 2013;

    Salarios devengados al momento del despido, así como en caso que hubiera generado el derecho por trabajarlos: media hora diaria de descanso, tiempo extraordinario, días de descanso obligatorio, prima dominical, etcétera.

    Si usted entabla en contra del patrón demanda con motivo del despido, puede trabajar en caso de que sea contratado por otra empresa y/o patrón, ya que la Ley Federal del Trabajo no exige (sería absurdo), que el trabajador permanezca inactivo durante el tiempo que dure el juicio, el que, además, en algunas ocasiones puede llevarse varios años.

    Asístase de un abogado especialista en Derecho Laboral, o bien, acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, en donde le asignarán a uno que de manera gratuita lo asista y asesore.

    Lo único que debe cuidad, es que su demanda se presente antes de que transcurran 2 meses, a partir del día siguiente al del despido.



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